PROCEDIMIENTO:
080001 ADHESION AL SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO
Plazo de resolución:
6 MESES
Efectos silencio:
Desestimatorio
S610 ADHESION AL SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO
Plazo de presentación de solicitudes:
Plazo abierto todo el año
Objeto:
Formular la solicitud del otorgamiento de distintivo oficial de sometimiento y adhesión al Sistema Arbitral de Consumo prevista en el Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero.
Destinatarios:
Comerciantes, profesionales o empresas que hayan solicitado la adhesión al sistema arbitral de consumo.
Requisitos:
Haber formalizado voluntariamente oferta pública de sometimiento al sistema de arbitraje de consumo.
Importe:
No genera coste alguno.
Criterios:
Una vez recibida la Solicitud de Adhesión, la Administración resolverá la concesión del distintivo de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo. Los acuerdos de autorización se publicarán en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Documentación a aportar:
-En el caso de persona física (solicitante o representante): copia del documento de identidad (sólo en el caso que se oponga a su consulta). -En el caso de persona jurídica: documento de identificación (NIF).
-En el caso de persona representante: documento válido en derecho que acredite las facultades de representación de la persona representante.
Lugar de presentación:
Las personas físicas, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del PAC de las AAPP y opcionalmente de forma telemática a través de la sede electrónica de la JCCM-Las personas jurídicas y demás sujetos contempladas en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, exclusivamente de forma telemática a través de la sede electrónica de la JCCM.
Información Adicional:
arbitraje@jccm.es
Marco legal:
Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo
DOCM: 01/04/19 Ley 3/2019, de 22 de marzo, del Estatuto de las Personas Consumidoras en Castilla-La Mancha.
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