PROCEDIMIENTO:
120005 ADMISION EN CENTROS RESIDENCIALES DE MAYORES DE LA RED PUBLICA DE CASTILLA-LA MANCHA
Plazo de resolución:
6 MESES
Efectos silencio:
Desestimatorio
S031 ADMISION EN CENTROS RESIDENCIALES DE MAYORES DE LA RED PUBLICA DE CASTILLA LA MANCHA
Plazo de presentación de solicitudes:
Abierto todo el año.
Objeto:
Gestionar el procedimiento para la tramitación de solicitudes y adjudicación de plazas en los centros residenciales de mayores integrados en la red pública de Castilla La Mancha, en el marco del Sistema de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia (SAAD).
Destinatarios:
a) Personas mayores que hayan obtenido el reconocimiento de la situación de dependencia y tengan derecho a ser atendidas en un centro o servicio especializado según lo establecido en el SAAD, siempre que así se indique en la correspondiente resolución del Programa Individual de Atención.
b) Personas mayores que, sin tener reconocida oficialmente una situación de dependencia, se encuentren en circunstancias de carácter personal o social que precisen la atención en un centro o servicio especializado, siempre que cumplan los requisitos que se relacionan a continuación.
Requisitos:
1º. Ser mayor de 60 años o, encontrarse en situación de especial necesidad o urgencia social y que no exista plaza disponible en otro centro más adecuado
2º. No encontrarse en situación de dependencia permanente.
3º. Carecer de los apoyos familiares y sociales necesarios
4º. Necesitar la atención que se ofrece en el centro.
5º. No encontrarse en situación o circunstancia personal que impida o dificulte gravemente la atención adecuada o la convivencia en el centro.
6º. No necesitar atención hospitalaria permanente.
7º. No padecer enfermedad infecto-contagiosa.
8º. No haber sido objeto de una sanción que le impida el acceso al centro
9º. Estar empadronada y residir de manera habitual en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, con dos años de antelación.
10º. En el caso de solicitudes de ingreso en centros residenciales de presuntos incapaces o personas ya declaradas incapaces, haber solicitado la autorización judicial de internamiento no voluntario.
Criterios:
La valoración de las solicitudes de ingreso se efectuará por las unidades administrativas correspondientes mediante la aplicación de los instrumentos de valoración aplicables a cada tipo de centro y en orden a favorecer las situaciones de mayor necesidad.
Las personas que hayan obtenido el reconocimiento de la situación de dependencia tendrán prioridad en el acceso ajustándose a lo indicado en su Programa Individual de Atención.
Documentación a aportar:
1. Documentación a aportar por el solicitante en todos los casos:
a) Certificado de las entidades financieras, bancarias y aseguradoras, acreditativo de los títulos, valores, derechos de crédito o dinero en efectivo depositados en las mismas, así como de los rendimientos obtenidos por ellos, de los últimos 90 días.
b) Certificación actual de haberes, certificado de pensión contributiva que percibe el solicitante y, en su caso, la persona acompañante o ingresos económicos que comparta con su pareja en concepto de pensión.
2. Documentación que podrá ser requerida por el órgano gestor en el caso de que no sea posible su consulta:
a) Documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos de edad y residencia: documento de Identificación oficial de la persona solicitante y, en su caso, de la persona acompañante; documento que acredite la fecha y lugar de nacimiento; certificado de empadronamiento y cualquier otra documentación que acredite la residencia. Si la solicitud fuera presentada en representación del solicitante, se deberá adjuntar acreditación de tal circunstancia y fotocopia del documento nacional de la persona representante.
b) Informe social. Que contendrá la información necesaria para su valoración en lo referente a situación sociofamiliar, condiciones de alojamiento y los recursos económicos de que dispone, así como información referida a su autonomía personal o la capacidad para su propio autocuidado.
c) Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del último ejercicio o Certificado de no tener obligación de su presentación.
d) Documentación sobre prestaciones o subsidio que percibe el solicitante y en su caso la persona acompañante o ingresos económicos que comparta con su pareja en concepto de prestación.
Lugar de presentación:
Las solicitudes podrán presentarse en forma presencial en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos , en las oficinas de correos, asimismo podrán presentarse por vía telemática.
Información Adicional:
Dirección Provincial de la Consejería de Bienestar Social en Albacete
Dirección Postal: Paseo Pedro Simón Abril, 10. 02071 - Albacete
Teléfono(s): 967 558000
Dirección Provincial de la Consejería de Bienestar Social en Ciudad Real
Dirección Postal: C/Carlos López Bustos, 2. 13003 Ciudad Real
Teléfono(s): 926 27 62 00
Dirección Provincial de la Consejería de Bienestar Social en Cuenca
Dirección Postal: Calle Lorenzo Hervás y Panduro, 1. 16071 ¿ Cuenca
Teléfono(s): 969 176800
Dirección Provincial de la Consejería de Bienestar Social en Guadalajara
Dirección Postal:
Calle Julián Besteiro, 2. 19071 - Guadalajara
Teléfono(s): 949 885800
Dirección Provincial de la Consejería de Bienestar Social en Toledo
Dirección Postal:
Calle Río Guadalmena, 2. 45071 - Toledo
Teléfono(s): 925 269069
Marco legal:
DOCM: 23/07/10 Decreto 186/2010, de 20/07/2010, del régimen jurídico de los centros y servicios especializados para la atención a las personas mayores en la red pública de Castilla-La Mancha y del procedimiento de acceso a los mismos.
DOCM: 31/12/10 Orden de 20/12/2010, , por la que se aprueba el procedimiento para el acceso de las personas mayores a los servicios de estancia temporal y los traslados de centro residencial, así como el ingreso en plazas de carácter indefinido por circunstancias de tipo personal o social en los centros residenciales de la red pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
DOCM: 29/11/13 Ley 7/2013, de 21 de noviembre, de adecuación de procedimientos administrativos y reguladora del régimen general de la declaración responsable y comunicación previa.
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