PROCEDIMIENTO:
040236 APLICACION DEL INDICE CORRECTOR DEL MARGEN DE DISPENSACION DE LAS OFICINAS DE FARMACIA
Plazo de resolución:
30 DÍAS HÁBILES
Efectos silencio:
Estimatorio
SJYQ APLICACION DEL INDICE CORRECTOR DEL MARGEN DE DISPENSACION DE LAS OFICINAS DE FARMACIA
Plazo de presentación de solicitudes:
Del Lun, 02 Ene 2023 al Mar, 31 Ene 2023
Objeto:
Aplicación del índice corrector del margen de dispensación de las oficinas de farmacia, comprobando que el farmacéutico solicitante reúne los requisitos exigidos.
Destinatarios:
Farmacéuticos titulares de las oficinas de farmacia.
Requisitos:
- Que sus ventas anuales en términos de venta al publico, incrementado con el impuesto sobre el valor añadido (IVA), no superen los 235.000 euros en el ejercicio económico del año natural anterior.- Que no hayan sido objeto de sanción administrativa en el año anterior, ni estén excluidas de su concertación, y que sus titulares no estén inhabilitados profesionalmente.
- Que participen en los programas de atención farmacéutica actuales en su núcleo de población y en la realización de actividades destinadas a la utilización racional de los medicamentos.
-Que presten servicio a núcleos de población, como máximo de 1.500 habitantes censados, o bien otros núcleos que la autoridad competente designe como de riesgo para disponer de la adecuada cobertura o acceso a la prestación farmacéutica.
-Que la oficina de farmacia haya prestado sus servicios durante los 12 meses del año natural anterior, excepto periodo de vacaciones.
Documentación a aportar:
- Documento justificativo de las ventas anuales del ejercicio económico correspondiente al año anterior de la oficina de farmacia.
- Poder de representación, en su caso.
Lugar de presentación:
las solicitudes y, en su caso, la documentación correspondiente deberá presentarse mediante el envío telemático de las mismas a través de los formularios incluidos en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: https://www.jccm.es
Información Adicional:
DELEGACIONES PROVINCIALES DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD:- ALBACETE. Avda. Guardia Civil, Nº 5. CP-02071. Teléfono: 967 55 79 00
- CIUDAD REAL. C/ Paloma, Nº 7. CP-13071. Teléfono: 926 27 60 00
- CUENCA. C/ de las Torres, Nº 43. CP-16071. Teléfono: 969 17 65 00
- GUADALAJARA. C/ Doctor Fernández Iparraguirre, Nº 1. CP-19071. Teléfono: 949 88 55 00
- TOLEDO. C/ Guadalmena, Nº 2. CP-45071. Teléfono: 925 26 64 00
Marco legal:
DOCM: 07/08/12 Decreto 122/2012, de 02/08/2012, de modificación del Decreto 306/2011, de 22 de diciembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la aplicación del índice corrector del margen de dispensación de las oficinas de farmacia que se regula en el artículo 2.8 del Real Decreto 823/2008.
DOCM: 26/12/11 Decreto 306/2011, de 22/12/2011, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la aplicación del índice corrector del margen de dispensación de las oficinas de farmacia que se regula en el artículo 2.8 del Real Decreto 823/2008.
Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo, por el que se establecen los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano.
Real Decreto 997/2022, de 29 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo, por el que se establecen los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano
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