PROCEDIMIENTO:
040232 PROYECTO DE SINGULAR INTERES PROMOVIDO POR PERSONAS O ENTIDADES PARTICULARES
Plazo de resolución:
2 MESESEfectos silencio:
DesestimatorioSJA2 APROBACION DE PROYECTO DE SINGULAR INTERES PROMOVIDO POR PERSONAS O ENTIDADES PARTICULARES.
Plazo de presentación de solicitudes:
El que se fije en la Declaración de Interés Regional previa al Proyecto de Singular Interés.
Objeto:
Aprobar un Proyecto de Singular Interés, instrumento de ordenación territorial previsto en el artículo 33.2 del Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y Actividad Urbanística (TRLOTAU) y en los artículo 126 a 129 del Decreto 248/2004, de 14 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de la LOTAU, una vez obtenida la Declaración de Interés Regional.
Destinatarios:
Las personas privadas, físicas o jurídicas, interesadas en promover un Proyecto de Singular Interés en la región, según el artículo 33.1, letra b) del TRLOTAU y el artículo 126.1, letra b) del Reglamento de la LOTAU.
Requisitos:
Una vez obtenida la previa Declaración de Interés Regional, el promotor deberá presentar la documentación correspondiente (ver "Documentación a aportar") del Proyecto de Singular Interés ante la Consejería de Fomento, solicitando su tramitación.
Documentación a aportar:
Los documentos indicados en el artículo 16 del Reglamento de Planeamiento de la LOTAU, formalizados en soporte tanto escrito y gráfico como informático.
En todo caso, en esa documentación se incluirán las determinaciones del artículo 20 del TRLOTAU y del artículo 15 del Reglamento de Planeamiento de la LOTAU, así como PLANOS a escala adecuada para la correcta medición e identificación de sus determinaciones y de la difusión de su contenido.
Lugar de presentación:
En los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier forma prevista.
Información Adicional:
Para más información sobre este trámite puede ponerse en contacto directamente con el órgano gestor:
Dirección General de Planificación Territorial y Sostenibilidad
Dirección Postal: Paseo Cristo de la Vega, s/n - 45071 Toledo
Teléfono(s): 925 26 78 66
Fax(s): 925 26 99 28
Correo electrónico: dgpts.fomento@jccm.es
Marco legal:
DOCM: 28/09/04 Artículo 126 AL 129 del Reglamento de Planeamiento de la Ley 2/1998, de 4 de junio, de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, aprobado por Decreto 248/2004, de 14 de septiembre.
DOCM: 21/05/10 Decreto Legislativo 1/2010, de 18/05/2010, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.
Modelos del Trámite: