Buscador de Trámites

Marcar esta casilla para seleccionar exclusivamente los trámites electrónicos.
Marcar esta casilla para seleccionar exclusivamente los trámites en plazo de presentación de solicitudes.
PROCEDIMIENTO: 

040232 PROYECTO DE SINGULAR INTERES PROMOVIDO POR PERSONAS O ENTIDADES PARTICULARES

Plazo de resolución: 

2 MESES

Efectos silencio: 

Desestimatorio

SJA2 APROBACION DE PROYECTO DE SINGULAR INTERES PROMOVIDO POR PERSONAS O ENTIDADES PARTICULARES.

Plazo de presentación de solicitudes: 
El que se fije en la Declaración de Interés Regional previa al Proyecto de Singular Interés.
Objeto: 
Aprobar un Proyecto de Singular Interés, instrumento de ordenación territorial previsto en el artículo 33.2 del Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y Actividad Urbanística (TRLOTAU) y en los artículo 126 a 129 del Decreto 248/2004, de 14 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de la LOTAU, una vez obtenida la Declaración de Interés Regional.
Destinatarios: 
Las personas privadas, físicas o jurídicas, interesadas en promover un Proyecto de Singular Interés en la región, según el artículo 33.1, letra b) del TRLOTAU y el artículo 126.1, letra b) del Reglamento de la LOTAU.
Requisitos: 
Una vez obtenida la previa Declaración de Interés Regional, el promotor deberá presentar la documentación correspondiente (ver "Documentación a aportar") del Proyecto de Singular Interés ante la Consejería de Fomento, solicitando su tramitación.
Documentación a aportar: 
Los documentos indicados en el artículo 16 del Reglamento de Planeamiento de la LOTAU, formalizados en soporte tanto escrito y gráfico como informático.

En todo caso, en esa documentación se incluirán las determinaciones del artículo 20 del TRLOTAU y del artículo 15 del Reglamento de Planeamiento de la LOTAU, así como PLANOS a escala adecuada para la correcta medición e identificación de sus determinaciones y de la difusión de su contenido.
Lugar de presentación: 
Las personas físicas, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y opcionalmente de forma telemática a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).

Las personas jurídicas y demás sujetos contempladas en el artículo 14.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, obligatoriamente de forma telemática.
Información Adicional: 
CONSEJERÍA DE FOMENTO
Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo
Paseo Cristo de la Vega s/n
45071.- TOLEDO
Tel: 925 266 900
Correo electrónico: dgptu.fomento@jccm.es
Marco legal: 

DOCM: 21/05/10 Decreto Legislativo 1/2010, de 18/05/2010, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.
DOCM: 28/09/04  Artículo 126 AL 129 del Reglamento de Planeamiento de la Ley 2/1998, de 4 de junio, de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, aprobado por Decreto 248/2004, de 14 de septiembre.
Modelos del Trámite: