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PROCEDIMIENTO: 

010239 AUTORIZACION DE APROVECHAMIENTO FORESTAL

Plazo de resolución: 

3 MESES

Efectos silencio: 

Desestimatorio

SI7P AUTORIZACION DE APROVECHAMIENTO FORESTAL

Plazo de presentación de solicitudes: 
Abierto permanentemente
Objeto: 
Solicitar la autorización para el aprovechamiento de recursos forestales, en montes en régimen administrativo general y especial
Destinatarios: 
Personas propietarias de montes en régimen general y especial administrativo o personas físicas o jurídicas autorizadas por las mismas.
Requisitos: 
Se realizarán de acuerdo con las prescripciones para la gestión de montes establecidas en los correspondientes PORF, cuando existan y se ajustarán también, en su caso, a lo que concretamente se consigne en el instrumento de gestión forestal vigente, cuando el mismo exista, o de acuerdo con el clausulado existente en la autorización emitida.
En montes en régimen especial deberá aprobarse el Plan de Aprovechamientos por la Dirección General competente en materia forestal y se estár a lo establecido en los articulos 40, 41 y 42 de la Ley de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha.
Importe: 
Este procedimiento conlleva el pago de una tasa cuyo importe le será comunicado por la oficina liquidadora. Las entidades públicas en su condición de sujeto pasivo quedan exentas del pago de tasa en los montes de su propiedad incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública. El pago de la tasa no implica la concesión de la autorización que se solicita.
Documentación a aportar: 
La solicitud irá acompañada de:
- Documento válido en derecho que acredite las facultades de representación de la persona solicitante, en su caso.

Si la persona solicitante declara que no es propietaria del monte, además deberá aportar:

- Autorización de la persona propietaria de los terrenos para realizar el aprovechamiento.
- Documento que acredite los derechos reales, bien de posesión o bien de usufructo sobre el vuelo objeto de aprovechamiento
Lugar de presentación: 
Personas físicas:
A) En los Registros de la Consejería de Desarrollo Sostenible así como en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 ,de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o,
B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede
Personas jurídicas:
Exclusivamente B) De forma telemática.
Información Adicional: 
La persona titular del monte es, en todos los casos, la propietaria de los recursos forestales producidos en su monte.
Este procedimiento conlleva el pago de una tasa (tarifas 6 a 16) (VER LA TARIFA QUE CORRESPONDA AL APROV.FORESTAL)
http://pagina.jccm.es/agricul/tasas/Tasa_021.pdf...

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notificara.jccm.es/notifica

Marco legal: 

DOCM: 23/06/08 Ley 3/08, de 12/06/2008, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE MONTES Y GESTION FORESTAL SOSTENIBLE DE CASTILLA-LA MANCHA
DOCM: 12/11/10 Orden de 02/11/2010, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se aprueban el pliego general y los pliegos especiales de condiciones técnico-facultativas para la regulación de la ejecución de aprovechamientos en montes gestionados por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
DOCM: 29/03/11 Orden de 09/03/2011, por la que se aprueban los pliegos especiales de condiciones técnico-facultativas, para la regulación de la ejecución de los aprovechamientos forestales (maderables y leñosos, incluida la biomasa forestal, y corcho) y las normas técnicas para la realización de los aprovechamientos de frutos forestales, apícola, hongos y setas, áridos y plantas aromáticas, medicinales y alimentarias, en montes de propiedad privada, y en los montes públicos patrimoniales y demaniales no gestionados por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Modelos del Trámite: