PROCEDIMIENTO:
015113 AUTORIZACION DE CONCURSOS Y COMPETICIONES DE PESCA NOCTURNA
Plazo de resolución:
1 MES
Efectos silencio:
Desestimatorio
SJFI AUTORIZACION DE CONCURSOS Y COMPETICIONES DE PESCA NOCTURNA
Plazo de presentación de solicitudes:
El comprendido en el intervalo entre uno y cinco meses antes de la fecha de celebración.
Objeto:
Autorización para la celebración de concursos y competiciones de pesca en horario nocturno.
Deberá solicitarse por este procedimiento cuando el horario solicitado para la actividad esté fuera del establecido por el artículo 32 de la Ley 1/1992 de pesca fluvial y artículo 31 del Decreto 91/1994 que desarrolla parcialmente el Reglamento.
Destinatarios:
- Federación de Pesca de Castilla-La Mancha
- Sociedades de pesca
- Entidades de Administración local
- Asociaciones sin ánimo de lucro
Requisitos:
- Las personas que participen en los concursos y competiciones de pesca en horario nocturno deberán estar en posesión de la pertinente licencia de pesca.
- Cumplimiento del condicionado de la resolución de autorización.
- Esta autorización se emitirá sin perjuicio de las competencias que tenga atribuidas la Administración Hidráulica, en especial la autorización de instalación de refugios en zona de dominio público hidráulico.
Importe:
Para la autorización de concursos de pesca nocturna, este procedimiento conlleva el pago de una tasa (tarifa 12).Consultar tasa
Tasa: 12,53 euros
Criterios:
Los recogidos en la Orden 21/2021, de 12 de febrero de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se regula la pesca nocturna en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Documentación a aportar:
Solicitud y la siguiente documentación:
- Documento válido en derecho que acredite a la persona representante legal de la persona jurídica que deje constancia fidedigna.
- Memoria descriptiva que incluya las condiciones en que se vaya a celebrar la actividad.
- Plano detallado de la zona.
- Documento justificativo de haber abonado las tasas correspondientes a la Tarifa 12., del artículo 117 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias. Dicho documento se debe aportar sólo en caso de haber abonado la tasa presencialmente en la entidad financiera, ya que, si se abona de forma telemática, su acreditación se realizará anotando la referencia electrónica completa, obtenida tras realizar dicho abono, en la correspondiente casilla de la solicitud de autorización.
Lugar de presentación:
Mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).
Información Adicional:
- No se autorizarán concursos cuando coincidan con festivos nacionales, regionales, Semana Santa, Navidad y puentes con festivos, según calendario oficial de Castilla-La Mancha.
- Finalizado el concurso, la memoria con resultados obtenidos que se presentará de forma electrónica a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es), mediante formulario de propósito general.
- La entidad beneficiaria de la autorización será responsable de comunicar el concurso, con al menos una semana de antelación a la fecha de realización, al Ayuntamiento donde se celebre el campeonato para su publicación en el tablón de anuncios y a la Subdelegación del Gobierno.
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Marco legal:
DOCM: 24/07/92 Ley de Pesca Fluvial
DOCM: 16/09/94 - Decreto 91/1994, de 13/09/1994, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO QUE DESARROLLA LOS TITULOS I, II, IV, V, VI Y PARCIALMENTE EL TITULO VII DE LA LEY 1/1992, DE 7 DE MAYO DE PESCA FLUVIAL
DOCM: 22/02/21 Orden 21/2021, de 12 febrero, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se regula la pesca nocturna en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.