PROCEDIMIENTO:
010143 AUTORIZACION DE LA ENAJENACION, GRAVAMEN O PERMUTA DE BIENES INMUEBLES CUANDO SU VALOR EXCEDA DEL 25 POR CIENTO DE LOS RECURSOS ORDINARIOS DEL PRESUPUESTO DE LA CORPORACION LOCAL
Plazo de resolución:
6 MESES
Efectos silencio:
Estimatorio
SJ8C AUTORIZACION DE ENAJENACION DE BIENES Y DERECHOS CUYA CUANTIA SUPERE EL 25 POR 100 DE LOS RECURSOS ORDINARIOS DEL PRESUPUESTO DE LA CORPORACION LOCAL.
Plazo de presentación de solicitudes:
Abierto todo el año
Objeto:
Autorización de enajenación de bienes y derechos cuya cuantía supere el 25 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto.
Destinatarios:
Entidades Locales con personalidad jurídica.
Criterios:
Comprobación de requisitos de legalidad de los expedientes de enajenación de bienes de las Entidades Locales.
Documentación a aportar:
- Providencia de Alcaldía.- Certificado de Inventario de Bienes.
- Certificado de Registro de la Propiedad.
- Informe técnico de valoración.
- Informe de Secretaría.
- Copia diligenciada del Pliego de Cláusulas.
- Informe de Intervención.
- Certificación sobre la calificación y clasificación urbanística de los terrenos.
- Certificación del acuerdo de pleno de aprobación del expediente de enajenación.
Lugar de presentación:
Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.
Marco legal:
DOCM: 29/11/13 Ley 7/2013, de 21 de noviembre, de adecuación de procedimientos administrativos y reguladora del régimen general de la declaración responsable y comunicación previa.
Modelos del Trámite: