PROCEDIMIENTO:
010499 AUTORIZACION/RENOVACION DE ENTIDADES DE CONTROL DE PRODUCTOS AGROALIMENTARIOS DE CASTILLA-LA MANCHA
Plazo de resolución:
1 AÑO
Efectos silencio:
Desestimatorio
SK7G AUTORIZACION DE ENTIDADES DE CONTROL DE PRODUCTOS AGROALIMENTARIOS DE CASTILLA-LA MANCHA
Plazo de presentación de solicitudes:
Plazo abierto todo el año.
Objeto:
Establecer el procedimiento de autorización de los organismos que pretendan realizar la evaluación de la conformidad de los productos agroalimentarios en el territorio de Castilla-La Mancha.
Destinatarios:
Empresas
Requisitos:
Se podrán autorizar las entidades de certificación y/o inspección que cumplan la Norma UNE-EN 45011:1998, o Norma UNE-EN ISO/IEC 17065:2012, y/o la Norma UNE-EN ISO/IEC 17020:2004, o Norma UNE-EN ISO/IEC 17020:2012, según la fase de acreditación, y según se trate de entidades de certificación y/o inspección. Deberán presentar certificado de acreditación declarativo del alcance que incluya la actividad acreditada y la norma o documento normativo sobre el que se realiza la misma; en caso contrario, documento justificativo de su situación en el proceso de acreditación.
Documentación a aportar:
Solicitud acompañada de la siguiente documentación:
- Autorización al solicitante para presentación de la solicitud en el caso que no coincida con el representante.
- Tarjeta de identificación fiscal, Escritura de Constitución, Estatutos de la Entidad.
- Acreditación del representante.
- Manual de Calidad y Procedimientos.
- Memoria de la estructura organizativa,
- Tarifas.
- Póliza de seguro responsabilidad civil.
- Contrato con laboratorio de ensayo u organismo de inspección (en su caso).
- Acreditación del cumplimiento de la Norma UNE-EN 45011:1998 o la Norma UNE-EN ISO/IEC 17065:2012.
- Acreditación del cumplimiento de la Norma UNE‐EN ISO/IEC 17020:2004 o la Norma UNE‐EN ISO/IEC 17020:2012.
- Declaración de actividad distinta del control y/o certificación.
- Modelo de contrato de concesión de certificados.
- Certificado acreditativo de autorización en otra Comunidad Autónoma.
Lugar de presentación:
De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede.
Información Adicional:
- La autorización se otorgará para el alcance de la acreditación certificada por un plazo máximo de tres años transcurrido el cual deberá solicitarse la renovación, que se presentará entre los siete y tres meses anteriores a la finalización del periodo de vigencia. La vigencia señalada está condicionada al plazo de duración de la acreditación.
- No obstante lo anterior, si en el momento de solicitar la autorización la entidad de certificación y/o inspección no dispusiese del certificado de acreditación correspondiente, habiéndolo solicitado, la Dirección General competente en materia de mercados alimentarios podrá proceder a su autorización provisional por un periodo no superior a dos años desde la fecha de la resolución de la autorización.
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Marco legal:
DOCM: 09/02/07 Decreto 9/2007, de 06/02/2007, , DE AUTORIZACION DE LAS ENTIDADES DE CONTROL DE PRODUCTOS AGROALIMENTARIOS EN LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA-LA MANCHA Y DE CREACION DEL REGISTRO DE LAS MISMAS
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