PROCEDIMIENTO:
010049 AUTORIZACION DE FARMACEUTICO REGENTE.
Plazo de resolución:
3 MESES
Efectos silencio:
Estimatorio
SJUQ AUTORIZACION DE FARMACEUTICO REGENTE.
Plazo de presentación de solicitudes:
Abierto todo el año.
Deberá presentarse en el plazo de diez días desde que se produzca la causa que da lugar a la caducidad de la autorización administrativa.
Objeto:
Autorizar el nombramiento de farmacéutico regente de oficina de farmacia.
Destinatarios:
Farmacéuticos titulares de oficina de farmacia y, en su caso, interesados y herederos.
Requisitos:
Cumplir los requisitos que figuran en el Decreto 11/2019, de 18 de marzo, de planificación farmacéutica y requisitos, personal y autorizaciones de las oficinas de farmacia y botiquines y compromiso de seguir cumpliéndolos mientras se mantenga la actividad.
Importe:
Conlleva una tasa de 73,92 euros.
Documentación a aportar:
- Documentación acreditativa de la representación de acuerdo con el artículo 5.4 de la Ley 39/2015, en su caso. - Documentación que justifique la causa de la regencia.
- Documentación que acredite, en su caso, la condición de heredero.
- En su caso, documentación acreditativa de lo establecido en el artículo 17.3 del Decreto 11/2019, de 18 de marzo.
- Declaración responsable del farmacéutico propuesto de no estar incluido en ninguno de los supuestos de incompatibilidad de la Ley 5/2005, de 27 de junio, de Ordenación del Servicio Farmacéutico de Castilla-La Mancha.
- Certificado o compromiso de colegiación del regente.
Lugar de presentación:
Las solicitudes y, en su caso, la documentación correspondiente deberá presentarse mediante el envío telemático de las mismas a través de los formularios incluidos en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: https://www.jccm.es. En caso de los herederos del titular, podrán presentarla también en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
Información Adicional:
DELEGACIONES PROVINCIALES DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD:- ALBACETE. Avda. Guardia Civil, Nº 5. CP-02071. Teléfono: 967 55 79 00
- CIUDAD REAL. C/ Paloma, Nº 7. CP-13071. Teléfono: 926 27 60 00
- CUENCA. C/ de las Torres, Nº 43. CP-16071. Teléfono: 969 17 65 00
- GUADALAJARA. C/ Doctor Fernández Iparraguirre, Nº 1. CP-19071. Teléfono: 949 88 55 00
- TOLEDO. C/ Guadalmena, Nº 2. CP-45071. Teléfono: 925 26 64 00
Marco legal:
DOCM: 01/07/05 Ley 5/2005, de 27/06/2005, , DE ORDENACION DEL SERVICIO FARMACEUTICO DE CASTILLA-LA MANCHA.
DOCM: 28/03/19 Decreto 11/2019, de 18 de marzo, de planificación farmacéutica y requisitos, personal y autorizaciones de las oficinas de farmacia y botiquines.
Modelos del Trámite: