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PROCEDIMIENTO: 

015447 AUTORIZACION DE MODIFICACION DE CENTROS Y SERVICIOS SANITARIOS SIN INTERNAMIENTO DE CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA, DIALISIS, RADIODIAGNOSTICO, RADIOTERAPIA Y MEDICINA NUCLEAR.

Plazo de resolución: 

3 MESES

Efectos silencio: 

Desestimatorio

SKXN AUTORIZACION DE MODIFICACION DE CENTROS Y SERVICIOS SANITARIOS SIN INTERNAMIENTO DE CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA, DIALISIS, RADIOTERAPIA Y MEDICINA NUCLEAR.

Plazo de presentación de solicitudes: 
Abierto permanentemente
Objeto: 
Tramitación de la autorización de modificación de los centros y servicios sanitarios sin internamiento de cirugía mayor ambulatoria, diálisis, radiodiagnóstico, radioterapia y medicina nuclear.
Destinatarios: 
Centros y servicios sanitarios sin internamiento, de cirugía mayor ambulatoria, diálisis, radiodiagnóstico, radioterapia y medicina nuclear, públicos o privados, de cualquier clase o naturaleza, que se encuentren ubicados o que presten sus servicios en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Requisitos: 
La autorización de modificación deberán solicitarla los centros, servicios y establecimientos sanitarios sin internamiento que realicen cambios en su estructura, en su titularidad o en su oferta asistencial.
Importe: 
Según la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de tasas y precios públicos de Castilla-La Mancha:
Tasa1: Modificación por realización obras o instalaciones de centros o servicios sanitarios sin internamiento, que no cuenten con instalaciones emisoras de radiaciones y de establecimientos sanitarios: 76,23 euros.
Tasa 2: Modificación por realización obras o instalaciones de centros o servicios sanitarios sin internamiento, que cuenten con instalaciones emisoras de radiaciones y de establecimientos sanitarios: 168,44 euros.
Tasa 3: Modificación de actividades de centros o servicios sanitarios sin internamiento, que no cuenten con instalaciones emisoras de radiaciones y de establecimientos sanitarios:171,22 euros.
Tasa 4: Modificación de actividades del resto de centros o servicios sanitarios sin internamiento, que cuentan con instalaciones emisoras de radiaciones y de establecimientos sanitarios de fabricación de productos sanitarios a medida: 216,41 euros.
Documentación a aportar: 
1. Cambio en la estructura:
- Memoria descriptiva según art 7.c) decreto.
- Justificación documental disponibilidad jurídica local, en su caso.
- Proyecto técnico firmado técnico competente, según art 7.d) decreto.

Si no es preciso presentar proyecto técnico se aportará:
- Un croquis escala y acotado, por técnico competente sobre modificación prevista que identifique local, equipamiento y mobiliario.
- Declaración responsable, por técnico competente sobre cumplimiento normativa en materia de ordenación edificación y accesibilidad.

2. Cambio titularidad: Escritura pública o cualquier otro título válido en derecho.

3. Modificación oferta asistencial que implique la creación de nuevo servicio: memoria descriptiva, que especifique lo establecido apart 1º y 3º art 7.c) y apart a) y b) art 8.1 decreto:
- Clase centro, servicio o establecimiento sanitario, según art 2 decreto y, en su caso, oferta asistencial, con relación de servicios que la integran.
- Organización general: Relación actividades sanitarias de cada servicio y plantilla del personal, con organigrama y funciones del mismo.
- Relación equipamiento. Este deberá disponer, en su caso, certificación acreditativa de que se adapta a la legislación vigente.
- Relación personal sanitario que presta servicio, según apart b) art 8.1 decreto.

4. Modificación oferta asistencial que implique cierre de un servicio:
Memoria justificativa en la que conste el destino de la documentación clínica y, en su caso, de las muestras biológicas, así como la justificación de que se ha informado de dicho cierre a cada paciente con la suficiente antelación para garantizar la continuidad del tratamiento.
Lugar de presentación: 
Deberá presentar la solicitud de autorización y la documentación correspondiente de forma telemática a través del formulario incluido en la sede electrónica de la JCCM en la siguiente dirección: (http://www.jccm.es), de acuerdo con el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y el Decreto 125/2022, de 7 de diciembre, de autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios en Castilla-La Mancha y de derogación y modificación de otros decretos en materia sanitaria.
Información Adicional: 
ORDENES DE DESARROLLO: https://cs.jccm.es/LegisPublic/ListadoResoluciones.jsp?tipo=Centros%20y%20Servicios

DELEGACIONES PROVINCIALES DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD:
ALBACETE. Avda. Guardia Civil, 5 - Teléfono 967 557 900 - 02071 ALBACETE.
CIUDAD REAL. C/ Paloma, 7 - Teléfono 926 276 000 - 13071 CIUDAD REAL.
CUENCA. C/ de las Torres, 43 - Teléfono 969 176 500 - 16071 CUENCA.
GUADALAJARA. Paseo Doctor Fernández Iparraguirre, 1 - Teléfono 949 885 500 - 19071 GUADALAJARA.
TOLEDO. C/ Guadalmena, 2 - Teléfono 925 266 400 - 45071 TOLEDO.
Marco legal: 

DOCM: 24/05/91 Orden de 21 de mayo de 1991, sobre autorizaciones administrativas de centros, servicios y establecimientos. Órdenes de desarrollo de la Consejería competente en materia de sanidad: ver Información Adicional
DOCM: 29/04/86 Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad
DOCM: 15/12/22 Decreto 125/2022, de 7 de diciembre, de autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios en Castilla-La Mancha y de derogación y modificación de otros decretos en materia sanitaria.
DOCM: 19/12/00 Ley 8/2000, de 30/11/2000, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE ORDENACION SANITARIA DE CASTILLA-LA MANCHA
DOCM: 23/10/03 Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios
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