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PROCEDIMIENTO: 

010074 AUTORIZACION DE OBRAS DE CONDUCCION EN PARALELO O CRUCE EN CARRETERAS TITULARIDAD DE LA JUNTA DE COMUNIDADES

Plazo de resolución: 

3 MESES

Efectos silencio: 

Desestimatorio

S241 AUTORIZACION DE OBRAS DE CONDUCCION, EN PARALELO O CRUCE, EN CARRETERAS TITULARIDAD DE LA JUNTA DE COMUNIDADES

Plazo de presentación de solicitudes: 
Todo el año
Objeto: 
Obtención de la autorización para conducciones, en paralelo o cruce, que afecten a carreteras titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Destinatarios: 
Personas físicas o jurídicas que requieran la autorización.
Requisitos: 
- Pago de las tasas.
- Depósito de fianza (si la entidad de actuación lo requiere).
Importe: 
- Tasa por Emisión de Informes (incluido la toma de datos que sean necesarios), Tarifa 1.a. (Art. 44 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias).
- En caso de autorización de la solicitud, se deberán abonar las tasas correspondientes a la Tarifa 2, indicadas en la tabla adjunta, extracto del Art. 44 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias.
- Los importes vigentes de las tasas pueden consultarse en la tabla adjunta.

TABLA TASAS
Criterios: 
Una vez analizada la documentación presentada, la Administración se pondrá en contacto con el solicitante vía escrito, indicando el condicionado necesario para la ejecución de las obras, las tasas que se requieran en cada caso, las fianzas a ingresar (si la entidad de la actuación lo requiere), así como la documentación adicional para la emisión de autorización si procediese.
Documentación a aportar: 
- Solicitud.
- Fotocopia del D.N.I. (en el caso de que se haya opuesto a su consulta)
- Escritura de constitución de la sociedad, en caso de tratarse de una persona jurídica.
- Acreditación de la titularidad del terreno.
- Propuesta de la conducción prevista, incluyendo memoria descriptiva, valoración económica de las obras y plazo estimado.
- Planos o croquis descriptivos, indicando la situación exacta de las obras y las distancias con referencia a la carretera afectada.
- Sección tipo de la conducción y resguardo respecto a la carretera.
- Justificante del pago de tasas.
Lugar de presentación: 
Las personas físicas, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y opcionalmente de forma telemática a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).

Las personas jurídicas y demás sujetos contempladas en el artículo 14.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, obligatoriamente de forma telemática.
Información Adicional: 
MODIFICACIÓN O SUSPENSIÓN DE LA AUTORIZACIÓN
Una vez concedida la autorización deberá justificarse cualquier modificación que afecte a las condiciones iniciales establecidas, quedando a potestad de la Administración el poder solicitar información adicional a la presentada e incluso llevar a cabo la suspensión temporal o total de la autorización inicial, la no presentación de la documentación requerida podrá conllevar la suspensión de la autorización.

Teléfono de atención para consultas: 925247629
Marco legal: 

DOCM: 27/01/15 Decreto 1/2015, de 22/01/2015, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/1990, de 28 de diciembre, de Carreteras y Caminos.
DOCM: 02/01/91 Ley 9/1990, de 28 de diembre, de Carreteras y Caminos de Castilla-La Mancha.
DOCM: 12/05/15 Decreto 25/2015, de 07/05/2015, por el que se actualiza el Catálogo de la Red de Carreteras de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
DOCM: 01/12/12 Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias.
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