PROCEDIMIENTO:
010252 AUTORIZACION DE VETERINARIOS PARA LA EXPEDICION DE CERTIFICADOS O DOCUMENTOS DE ACOMPAÑAMIENTO
Plazo de resolución:
2 MESES
Efectos silencio:
Estimatorio
SE19 AUTORIZACION DE VETERINARIOS PARA LA EXPEDICION DE CERTIFICADOS O DOCUMENTOS DE ACOMPAÑAMIENTO
Plazo de presentación de solicitudes:
Plazo abierto todo el año
Objeto:
- Autorizar a los veterinarios, a propuesta de de los titulares de explotaciones ganaderas, para la firma de certificados y documentos de acompañamiento exigidos por la normativa veterinaria en Castilla-La Mancha.
Destinatarios:
Veterinarios
Requisitos:
- Reunir las condiciones necesarias para ejercer la profesión veterinaria libre- Actuar con imparcialidad y carecer de intereses financieros directos en las explotaciones ganaderas para las que se solicita su autorización para la firma de certificados y documentos exigidos en la normativa vigente
- Compromiso documental sobre el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 6 de este Decreto
Documentación a aportar:
- Solicitud.
Lugar de presentación:
a) Las personas físicas en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y opcionalmente de forma telemática a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).b) Las personas jurídicas obligatoriamente de forma telemática a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).
Información Adicional:
- Se crea un registro provincial de veterinarios autorizados en cada Servicio Periférico de la Consejería de Agricultura y un Registro Regional de veterinarios autorizados para la firma de certificados o documentos exigidos por la normativa veterinaria en Castilla-La Mancha.- Los titulares de explotaciones ganaderas interesados propondrán la autorización de un veterinario al Servicio Periférico de Agricultura donde estén ubicadas las explotaciones para las que solicita la autorización.
- Las explotaciones ganaderas de Castilla-La Mancha que pertenezcan a una ADSG podrán tener, además del veterinario responsable de la ADSG, otro veterinario autorizado de la explotación.
Marco legal:
DOCM: 29/11/13 Ley 7/2013, de 21 de noviembre, de adecuación de procedimientos administrativos y reguladora del régimen general de la declaración responsable y comunicación previa.
DOCM: 10/03/04 - Decreto 21/2004, de 24-02-2004, por el que se regula la autorización de veterinarios en Castilla-La Mancha para la certificación de los requerimientos exigidos en la normativa veterinaria.
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