PROCEDIMIENTO:
015768 AUTORIZACION PARA LA CRIA EN CAUTIVIDAD DE AVES RAPACES PARA USO EN CETRERIA EN CASTILLA-LA MANCHA Y SOLICITUD DE INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE CRIADORES DE CLM
Plazo de resolución:
3 MESES
Efectos silencio:
Desestimatorio
SKRB AUTORIZACION PARA LA CRIA EN CAUTIVIDAD DE AVES RAPACES PARA USO EN CETRERIA EN CASTILLA-LA MANCHA Y SOLICITUD DE INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE CRIADORES DE CLM
Plazo de presentación de solicitudes:
Abierto todo el año
Objeto:
La regulación de la cría en cautividad de aves rapaces pertenecientes a los ordenes Falconiformes o Estrigiformes para su tenencia y uso en la práctica de la cetrería en el ámbito de Castilla-La Mancha.No es de aplicación a los proyectos de cría de aves rapaces cuyos fines sean la conservación de especies amenazadas realizados directamente por la Dirección General con competencias en conservación de la naturaleza o por quien ésta autorice.
Destinatarios:
Personas físicas y jurídicas que deseen realizar la cría en cautividad de aves rapaces para su tenencia y uso en cetreria en Castilla-La Mancha.
Requisitos:
1. Los ejemplares que se utilicen como progenitores deben estar inscritos, en FALCON.2. El centro de cría deberá tener la documentación original de cada uno de los progenitores y ejemplares presentes tales como el Certificado CITES si se requiere y certificados de inscripción en el FALCON.
3. El centro de cría, en función de sus características específicas y/o número de ejemplares, deberá cumplir los requisitos adicionales que puedan resultarle de aplicación en la legislación de sanidad animal o núcleos zoológicos
4. El criador deberá cumplir con los requisitos legales exigidos por el Reglamento (CE) 338/97, del Consejo, de 9 de diciembre de 1996 y el reglamento de aplicación del anterior y permitir la toma de muestras para la identificación genética del animal y el diagnóstico de enfermedades objeto de vigilancia y control.
5. El criador deberá llevar al día y poner a disposición del personal de la Consejería o habilitado, un Libro de Cría y Explotación.
Importe:
Este procedimiento conlleva el pago de una tasa (Tarifa 10). Para más información Pinche aquí
Criterios:
Presentación de declaración responsable firmadaAdjuntar modelo de programa de cría.
Documentación a aportar:
- Documento válido en derecho que acredite las facultades de representación del solicitante, en su caso.- Anexo II del Decreto (plan de cría)
Lugar de presentación:
a) Telemáticamente con firma electrónica a través del formulario que se incluirá en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es). b) En el Registro de los Servicios Centrales, de las Direcciones Provinciales y las Oficinas Comarcales Agrarias de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, o en los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre.
Información Adicional:
Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales.e-mail: dgpfen@jccm.es
Tlefono: 925248829
Marco legal:
DOCM: 12/06/99 Ley 9/1999, de 26/05/1999, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE CONSERVACION DE LA NATURALEZA
DOCM: 17/10/17 Decreto 73/2017, de 10 de octubre, por el que se regula la cría en cautividad de aves rapaces para su tenencia y uso en cetrería.
DOCM: 05/02/14 Decreto 8/2014, de 30/01/2014, por el que se regula la práctica de la cetrería en Castilla-La Mancha y se crea el Registro de Aves Rapaces y de Cetrería
DOCM: 16/04/14 Corrección de errores del Decreto 8/2014, de 30/01/2014, por el que se regula la práctica de la cetrería en Castilla-La Mancha y se crea el Registro de Aves Rapaces y de Cetrería.
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