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PROCEDIMIENTO: 

010125 AUTORIZACION SECCIONES B) (EXCEPTO AGUAS)

Plazo de resolución: 

6 MESES

Efectos silencio: 

Desestimatorio

SJ94 AUTORIZACION SECCIONES B) (EXCEPTO AGUAS)

Plazo de presentación de solicitudes: 
Plazo abierto todo el año
Objeto: 
Autorización de aprovechamiento de recursos de la Sección B), excepto Aguas Minerales), según lo previsto en la Ley 22/1973, de Minas.
Destinatarios: 
Personas físicas y jurídicas.
Documentación a aportar: 
1.- Fotocopia del DNI, en el caso de que se oponga a que la Administración consulte los datos de identidad; o escritura de constitución de la sociedad, en caso de tratarse de una persona jurídica. 2.- Información ambiental básica. 3.- Justificante del pago de tasas. 4.- Yacimientos de origen no natural: a) Memoria razonada sobre los trabajos que se pretendan, así como programa de explotación y producción anual prevista y estudio económico en el que se establezca el plan de inversiones a realizar. b) La que acredite, en su caso, el derecho de aprovechamiento previo. c) Proyecto de instalaciones a realizar suscrito por un Ingeniero Superior o Técnico de Minas. 5.- Estructuras subterráneas: a) Documentación justificativa de la capacidad técnica y económica en relación con la importancia de los trabajos a realizar, y con la utilización solicitada. b) Memoria justificativa de la conveniencia de dicha utilización, contemplando los aspectos geográficos, geológicos, hidrogeológicos y mineros, así como su aptitud para el almacenamiento en condiciones no contaminantes o que no impliquen peligrosidad actual o futura para las personas, impacto ambiental, bienes o derechos de terceros o para la conservación, o aprovechamiento de otros recursos. c) Proyecto de utilización que comprenda los trabajos de detalle de reconocimiento de la estructura, labores de preparación y acondicionamiento, instalaciones exteriores o interiores, y medidas y labores para el control del aprovechamiento en condiciones de seguridad y de no contaminación. d) Propuesta de indemnización a terceros por los bienes o derechos que pudieran resultar afectados. 6.- Declaración responsable de los técnicos competentes proyectistas y Director de la ejecución de trabajos/obras,
Lugar de presentación: 
Personas físicas: A) En los Registros de la Consejería de Desarrollo Sostenible así como en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 ,de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. B) De forma telemática mediante el formulario incluido en esta sede.


Personas jurídicas: A) De forma telemática mediante el formulario incluido en esta sede.
Información Adicional: 
Albacete: minas-ab@jccm.es
Ciudad Real: minas-cr@jccm.es
Cuenca: minas-cu@jccm.es
Guadalajara: minas-gu@jccm.es
Toledo: minas-to@jccm.es
Marco legal: 

Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera (RD 863/1985, de 2 de abril) e ITC´s de desarrollo
Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras.
Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas
Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería.
Ley 54/1980, de 5 de noviembre, de modificación de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas
DOCM: 13/02/20 Ley 2/2020, de 7 de febrero, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha.