PROCEDIMIENTO:
035929 AYUDA NO DINERARIA DEL PROGRAMA DE ASESORAMIENTO A PYMES PARA LA TRANSFORMACION DIGITAL
Plazo de resolución:
3 MESES
Efectos silencio:
Desestimatorio
SL2U AYUDA NO DINERARIA DEL PROGRAMA DE ASESORAMIENTO A PYMES PARA LA TRANSFORMACION DIGITAL
Plazo de presentación de solicitudes:
Del Jue, 07 Nov 2019 al Mar, 07 Ene 2020
Objeto:
La finalidad de este Programa consiste en impulsar la digitalización de las pymes de Castilla la Mancha y dotarlas de estrategias, iniciativas y acciones que les ayuden en esa transformación.
Destinatarios:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las pymes de Castilla la Mancha.
Requisitos:
Los previstos en el artículo 4 del Decreto 258/ 2019, de 29 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa de asesoramiento a pymes para la transformación digital.
Importe:
La cuantía de la subvención por beneficiario se calculará en función del precio de adjudicación del contrato del Programa de Asesoramiento en Transformación Digital a una empresa consultora experta en innovación tecnológica y transformación digital, que estará financiado con fondos procedentes de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo con cargo al programa 724A Competitividad Empresarial, fijándose la misma en la resolución de concesión.
Documentación a aportar:
- Número de Identificación Fiscal (NIF).
- Acreditación de la representación del firmante, en el caso de que el solicitante fuere persona jurídica o cuando se formule la solicitud por persona distinta al beneficiario, mediante escritura pública, declaración en comparecencia personal del interesado o por cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna.
- Escritura de constitución y, en su caso, de posteriores modificaciones u otro documento que acredite la personalidad jurídica del solicitante.
- En el caso de que el solicitante sea una comunidad de bienes o cualquier otro tipo de entidad sin personalidad jurídica: Estatutos y compromisos de ejecución asumidos por cada socio, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos. Identificación del representante nombrado, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que como beneficiario corresponden a la comunidad de bienes o entidad sin personalidad jurídica. ç
- Informe de vida laboral de todas las cuentas de cotización de la empresa, expedido por la Tesorería general de la Seguridad Social, correspondiente al último ejercicio contable cerrado. Deberá solicitarse su emisión para el período comprendido entre el primer y último día del último ejercicio contable cerrado.
- Certificado o informe de vida laboral de los autónomos, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, en el caso de que los hubiera.
- Declaración del impuesto de sociedades, referido al último ejercicio cerrado.
- Cuentas anuales correspondientes al último ejercicio contable cerrado, firmadas y selladas, depositadas en el Registro Mercantil, que en el caso de entidades asociadas o vinculadas, serán cuentas consolidadas.
- Facturas acreditativas de las inversiones realizadas en hardware, software, consultoría o formación en los tres ejercicios contables anteriores.
Lugar de presentación:
Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario normalizado de la convocatoria, que se incluirá en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).
Información Adicional:
serviciodeincentivacion@jccm.es
Marco legal:
DOCM: 06/11/19 Decreto 258/2019, de 29 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa de asesoramiento a pymes para la transformación digital. Extracto BDNS (Identif.): 480051.
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