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PROCEDIMIENTO: 

030876 SUBVENCIONES DESTINADAS A FAVORECER EL EMPLEO EN LAS CAMPAÑAS AGRARIAS DE CASTILLA-LA MANCHA ANTE LA SITUACION GENERADA POR EL COVID-19.

Plazo de resolución: 

2 MESES

Efectos silencio: 

Desestimatorio

SLDK AYUDAS DESTINADAS A FAVORECER EL EMPLEO EN LAS CAMPAÑAS AGRARIAS DE CASTILLA-LA MANCHA.

Plazo de presentación de solicitudes: 
Para el ejercicio 2021, el plazo de presentación de solicitudes será de dos meses desde la finalización del contrato de trabajo y en todo caso concluirá el 30 de noviembre de 2021.
Objeto: 
Regular la concesión directa de ayudas a personas trabajadoras encuadradas en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, tanto para el desplazamiento desde su domicilio de residencia habitual, hasta el lugar de realización de la actividad agraria, como para el alojamiento en el término municipal donde se sitúa dicha actividad, dentro del ámbito territorial de Castilla-La Mancha.
Destinatarios: 
Podrán ser beneficiarias las personas trabajadoras encuadradas en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social.
Requisitos: 
a) Encontrarse desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en la correspondiente Oficina de Empleo de Castilla-La Mancha, con anterioridad al inicio de la relación laboral.
b) Residir y figurar empadronadas en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en el momento de inicio de la relación laboral y mientras dure la actuación subvencionable.
c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o, en su caso, con la Mutualidad de Previsión Social correspondiente, así como encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.
d) No estar incursa la persona física en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, del Gobierno y del Consejo Consultivo, ni encontrarse en ninguna de las circunstancias del artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Importe: 
La cuantía de las ayudas por la totalidad de los gastos subvencionables será como máximo de 450 euros por mes y por persona beneficiaria, en función de los gastos que se justifiquen.
Criterios: 
Las subvenciones se otorgarán en régimen de concesión directa.
La instrucción del procedimiento corresponde a las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.
Las resoluciones de concesión serán dictadas por la persona titular de la Dirección General competente en materia de empleo.
Las solicitudes se tramitarán y resolverán por orden de presentación, en función del cumplimiento de los requisitos establecidos, hasta el agotamiento de la financiación disponible.
Documentación a aportar: 
Junto con el formulario de solicitud, se aportará la siguiente documentación:
a) Volante o certificado de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha donde figure el domicilio de residencia habitual de la persona beneficiaria. Dicha documentación se aportará únicamente cuando en la solicitud de subvención conste oposición expresa a su consulta por parte de la Administración.
b) Copia del contrato o contratos de trabajo formalizados con la persona beneficiaria para la participación en las actividades agrarias, dentro del periodo al que se refieren las actuaciones subvencionables.
c) Justificante de jornadas reales trabajadas como persona trabajadora del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios del Régimen General de la Seguridad Social, referido a los períodos dentro de los cuales se realizaron las actuaciones subvencionables. Dicha documentación se aportará, únicamente, cuando en la solicitud de subvención conste oposición expresa a su consulta por parte de la Administración.
d) Si la persona beneficiara solicita gastos de desplazamiento e hiciera uso de transporte público desde el municipio de su domicilio de residencia habitual, deberá aportar tickets o billetes correspondientes a los días en que hizo uso del transporte público.
e) Si la persona beneficiaria solicita gastos de alojamiento en un municipio situado, como máximo, en un radio de 50 kilómetros del lugar donde se realiza la actividad agraria, siempre que sea distinto al de su domicilio de residencia habitual, deberá aportar, dependiendo del tipo de alojamiento:
1º. Factura o facturas del alojamiento y la documentación acreditativa del pago.
2º. Copia del contrato de alquiler, en el que figure como arrendataria la persona beneficiaria y justificante de pago de la renta, correspondiente al periodo de duración del contrato.
Lugar de presentación: 
La solicitud se dirigirá a la Dirección General de Programas de Empleo. Podrá presentarse por cualquiera de los siguientes medios:
a) Preferentemente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).
b) Mediante su presentación en cualquiera de los registros y por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
Marco legal: 

DOCM: 24/06/21  Decreto 71/2021, de 15 de junio, por el que se regulan las ayudas destinadas a favorecer el empleo en las campañas agrarias de Castilla-La Mancha. Extracto BDNS (Identif.): 570855.
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