PROCEDIMIENTO:
030754 INSERCION LABORAL DE PERSONAS EN SITUACION DE EXCLUSION A TRAVES DE EMPRESAS DE INSERCION
Plazo de resolución:
3 MESES DESDE LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD.
Efectos silencio:
Desestimatorio
SKZ7 AYUDAS PARA FOMENTAR LA INSERCION LABORAL DE PERSONAS EN EXCLUSION SOCIAL A TRAVES DE EMPRESAS DE INSERCION.
Plazo de presentación de solicitudes:
Del Mar, 26 Jul 2022 al Jue, 15 Dic 2022
Plazo de presentación de solicitudes:
Desde el día siguiente a la publicación en el DOCM, finalizando el 15 de diciembre de ese mismo ejercicio. En las líneas 1 y 2, dos meses desde dicha publicación para los contratos formalizados desde el 16 de diciembre de 2020.
Objeto:
Subvenciones de concesión directa para la contratación y/o mantenimiento de personas en situación de exclusión social, y del personal técnico de acompañamiento y/o producción, así como de las ayudas para la contratación de asistencias técnicas con la finalidad de apoyar y propiciar la integración laboral de estas personas en el mercado laboral a través de empresas de inserción.
Destinatarios:
Las empresas de inserción, calificadas conforme a la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, y al Decreto 22/2010, de 20 de abril, que realicen contrataciones de personas en situación de exclusión social, del personal técnico de acompañamiento y/o producción así como la contratación de asistencias técnicas para la realización de auditorías o estudios.
Requisitos:
a) Cumplir con las obligaciones del artículo 9.3 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de empresas de inserción.b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social y del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.
c) No estar incursa la persona física, Administradores de personas jurídicas o aquellos que ostenten la representación de aquellas, en ninguno de los supuestos de incompatibilidad de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
d) No encontrarse incursa en ninguna circunstancia del artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
e) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre.
f) Disponer de un plan de igualdad.
Importe:
Contratos a jornada completa:1. Personas en situación de exclusión social:
a) El 100% del SMI anual, vigente en el momento de la solicitud, durante los 12 primeros meses del contrato.
b) El 75% del SMI, vigente en el momento de la solicitud desde el mes 13 hasta el mes 24 .
c) El 40% del SMI anual, vigente en el momento de la solicitud desde el mes 25 hasta el mes 36. Se aplican los % previstos en el Acuerdo de 19/10/2021, del Consejo de Gobierno.
2. Para personal técnico de acompañamiento y producción: el 75 % del SMI anual, vigente en el momento de la solicitud, por cada técnico subvencionado, por periodos de 12 meses. Dichas cuantías se reducirán proporcionalmente cuando el contrato se celebre a tiempo parcial.
3. Ayudas para la contratación de asistencia técnica: 80% del coste total del gasto, con los límites establecidos en el Decreto.
Criterios:
Se condecerán todas aquellas solicitudes que cumplan con los requisitos establecidos en el presente decreto, teniendo como límite las consignaciones presupuestarias previstas en las partidas presupuestarias correspondientes.
Documentación a aportar:
1. Documentos comunes para todas las líneas de subvención:a) Documento acreditativo de la capacidad del representante legal de la entidad.
b) Escritura pública de constitución y estatutos debidamente inscritos en el registro correspondiente, NIFy Escritura de apoderamiento de la persona que actúa en nombre o representación de la persona jurídica
2. Documentos específicos para la línea 1: copia del informe de los servicios sociales de atención primaria en el que se reconozca la situación de exclusión social de cada una de las personas por las que se solicita subvención; documento del itinerario de inserción sociolaboral firmado entre la persona contratada y la entidad beneficiaria; autorización de la persona para cuya contratación se solicita la subvención, al efecto de comprobar sus datos laborales y/o académicos.
3. Documentos específicos para la línea 2: anexo IB, anexo II de autorización de la persona para cuya contratación se solicita la subvención, al efecto de comprobar sus datos laborales y/o académicos. Si se carece de la titulación específica determinada en el artículo 15.2, se deberá aportar certificado de empresa que acredite el cumplimiento de la experiencia profesional de dicho personal técnico
4. Documentos específicos para la línea 3:Memoria de la actuación realizada, con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos; relación clasificada de los gastos de la actividad; tres ofertas de distintos proveedores y una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
Lugar de presentación:
Las solicitudes se presentaran únicamente mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (http://www.jccm.es), con firma electrónica.
Información Adicional:
Las entidades beneficiarias deben presentar, de forma telemática con firma electrónica, en el plazo de 2 meses desde la finalización del contrato, junto con el Anexo V, como justificación final de la subvención concedida, para la línea 1 y 2:a) Nóminas correspondientes al periodo subvencionado.
b) Justificantes bancarios, del período subvencionado, de los salarios abonados por la entidad a la persona trabajadora
c) Documentos TC 1 y TC 2 del periodo subvencionado, así como los correspondientes justificantes de pago.
d) Informe de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, únicamente cuando en el expediente conste la oposición expresa del interesado para la consulta de los datos por la Administración
Para la línea 3, la justificación se realizará en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda, Anexo IAy será mediante la modalidad de cuenta justificativa con aportación de justificantes de pago.
Marco legal:
DOCM: 11/11/20 Decreto 68/2020, de 3 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de ayudas para el fomento de la inserción laboral de personas en situación de exclusión social a través de empresas de inserción. Extracto BDNS (Identif.): 531902
DOCM: 26/07/22 Decreto 84/2022, de 19 de julio, por el que se modifica el Decreto 68/2020, de 3 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de ayudas para el fomento de la inserción laboral de personas en situación de exclusión social a través de empresas de inserción. Extracto BDNS (Identif.): 640379.
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