PROCEDIMIENTO:
020103 INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE COOPERATIVAS DE CASTILLA-LA MANCHA DE ACTOS RELATIVOS A LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS.
Plazo de resolución:
20 DÍAS DESDE LA PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN ANTE LA CORRESPONDIENTE UNIDAD DEL REGISTRO DE COOPERATIVAS DE CASTILLA-LA MANCHA.
Efectos silencio:
Estimatorio
SKYQ CALIFICACION PREVIA DEL PROYECTO DE ESTATUTOS E INSCRIPCION DE LA CONSTITUCION DE UNA NUEVA SOCIEDAD COOPERATIVA EN EL REGISTRO DE COOPERATIVAS DE CASTILLA-LA MANCHA.
Plazo de presentación de solicitudes:
Todo el año
Objeto:
-Calificación previa: Validar respecto del proyecto de estatutos si se cumplen los requisitos exigidos por la Ley 11/2010, de 4 de noviembre, y por el Decreto 214/2015, de 3 de noviembre, antes del otorgamiento de la escritura pública de constitución.
-Inscripción de la constitución: Si la escritura cumple los requisitos exigidos en las citadas normas, inscribir en el registro la constitución de la cooperativa, con la que nace a la vida jurídica.
Destinatarios:
Socios/as promotores/as de nuevas sociedades cooperativas de Castilla-La Mancha que tengan y acrediten mandato de la totalidad de los promotores para actuar en nombre de la sociedad cooperativa en constitución.
Requisitos:
-Para la calificación previa: Los establecidos en el artículo 14 de la Ley 11/2010, de 4 de noviembre, de cooperativas de Castilla-La Mancha y en los artículos 36, 88 y 89 del Decreto 214/2015, de 3 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento del registro de cooperativas de Castilla-La Mancha.
-Para la constitución de una nueva sociedad cooperativa de Castilla-La Mancha:
Los establecidos en el artículo 13 de la Ley 11/2010, de 4 de noviembre, de cooperativas de Castilla-La Mancha y en los artículos 34 a 38 del Decreto 214/2015, de 3 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento del registro de cooperativas de Castilla-La Mancha.
Importe:
Tasa: 12,48 euros
Criterios:
Los mismos que para los requisitos exigidos.
Documentación a aportar:
1º) En cualquier caso:Copia electrónica firmada electrónicamente o rubricada de forma manual por quienes deban hacerlo, de:
- La documentación acreditativa del mandato de la totalidad de los/as promotores/as para actuar en nombre de la sociedad cooperativa en constitución, por cualquiera de los medios establecidos en el citado artículo 5.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
-En su caso, la documentación acreditativa de la representación, en su caso, por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 5.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2º) Calificación previa:
-Copia electrónica de los estatutos sociales, con los requisitos del artículo 13 de la Ley 11/2010, de 4 de noviembre.
-Copia electrónica del acta de la asamblea constituyente, con los requisitos del artículo 12.2 de la Ley 11/2010, de 4 de noviembre, firmada electrónicamente o rubricada de forma manual por la totalidad de los/as promotores/as.
3º) Inscripción de la constitución:
-Copia electrónica de la escritura pública correspondiente, firmada electrónicamente o rubricada de forma manual por el/la Notario/a, que contendrá:
-Acta de la asamblea constituyente de la cooperativa con los requisitos del artículo 12.2 de la Ley 11/2010, de 4 de noviembre firmada electrónicamente o rubricada de forma manual por la totalidad de los promotores/as.
-Estatutos sociales, con los requisitos del artículo 13 de la Ley 11/2010, de 4 de noviembre.
-Certificado de denominación no coincidente o prórroga del mismo. -Justificantes de las aportaciones al capital de los socios/as promotores/as.
-Designación de administradores/as.
-Ratificación de la escritura de constitución de la cooperativa si la escritura se ha presentado ante el registro de cooperativas más de 6 meses después de su otorgamiento.
Lugar de presentación:
Únicamente telemática, con firma electrónica, mediante el formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la JCCM "http://www.jccm.es".
Información Adicional:
-Las calificaciones previas de estatutos no conllevan el pago de tasa alguna.
-Los/as usuarios/as deberán descargarse la aplicación gratuita AUTOFIRMA para la firma electrónica de archivos electrónicos en la dirección web "http://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html".
-Los/as usuarios/as disponen en esta página de una guía de presentación telemática de solicitudes a través de la Oficina Virtual de la JCCM, "https://www.jccm.es".
-Problemas y dudas:
Relacionadas exclusivamente con el funcionamiento de esta aplicación:
En el correo electrónico "webmaster@jccm.es".
Relacionadas exclusivamente con el contenido de la solicitud, la documentación a presentar y sus requisitos:
Disponen en esta página de un listado de los gestores de esta aplicación de cada una de las unidades del registro de cooperativas de Castilla-La Mancha.
Marco legal:
DOCM: 11/12/17 Ley 4/2017, de 30 de noviembre, de Microempresas Cooperativas y Cooperativas Rurales de Castilla-La Mancha y por la que se modifica la Ley 11/2010, de 4 de noviembre, de Cooperativas de Castilla-La Mancha.
DOCM: 11/11/15 Decreto 214/2015, de 03/11/2015, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha.
DOCM: 16/11/10 Ley 11/2010, de 4 de noviembre, de Cooperativas de Castilla-La Mancha.
DOCM: 03/04/19 Decreto 15/2019, de 26 de marzo, para la tramitación electrónica en el Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha, del procedimiento de obtención de certificación de denominación no coincidente y de sus prórrogas y del procedimiento de calificación previa del proyecto de estatutos sociales e inscripción de la escritura de constitución de las nuevas sociedades cooperativas.
Modelos del Trámite: