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PROCEDIMIENTO: 

010508 COMUNICACION DE APROVECHAMIENTO FORESTAL (MONTES CON INSTRUMENTO DE GESTION FORESTAL SOSTENIBLE -IGFS-)

Plazo de resolución: 

MKAU COMUNICACION DE APROVECHAMIENTO FORESTAL (MONTES CON INSTRUMENTO DE GESTION FORESTAL SOSTENIBLE -IGFS-)

Plazo de presentación de solicitudes: 
Abierto todo el año.
Objeto: 
Comunicar el aprovechamiento de recursos maderables y leñosos, incluída la biomasa forestal y corcho, en montes en régimen general administrativo que dispongan de un instrumento de gestión forestal sostenible en vigor
Destinatarios: 
Personas propietarias de montes en régimen general administrativo o personas físicas o jurídicas autorizadas por las mismas
Requisitos: 
Se realizarán de acuerdo con las prescripciones para la gestión de montes establecidas en los correspondientes instrumentos de gestión forestal sostenible, PORF o instrumentos equivalentes cuando existan, y se ajustarán también, en su caso, a lo que concretamente se consigne en el instrumento de gestión forestal vigente. En el caso de aprovechamientos de pies secos, semisecos, decrépitos y deformes cuya cuantía sea inferior a 1 metro cúbico de madera o 3 estéreos de leña, de acuerdo con el artículo 39.4 de la Ley 3/2008 de Montes y Gestión Forestal Sostenible, se utilizará el trámite SJNW
Documentación a aportar: 
Documentación. Además de la información antes descrita, declara aportar los siguientes documentos:
- En caso de actuar por medio de representante, documento válido en derecho que acredite las facultades de representación en nombre de la persona solicitante.
- Documento de identidad de la persona solicitante, sólo en caso de que se haya opuesto a su consulta por la Administración
- Documento de identidad de la persona representante, sólo en caso de que se haya opuesto a su consulta por la Administración
- En caso de personas jurídicas, copia del NIF.
Si la persona solicitante declara que no es propietaria del monte, además deberá aportar:
- Autorización de la persona propietaria de los terrenos para realizar el aprovechamiento.
- Documento que acredite los derechos reales, bien de posesión o bien de usufructo sobre el vuelo objeto de aprovechamiento.
Lugar de presentación: 
Personas físicas:
A) En los Registros de la Consejería de Desarrollo Sostenible así como en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 ,de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o,
B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede
Personas jurídicas;
Exclusivamente B) De forma telemática.
Información Adicional: 
La persona titular del monte es, en todos los casos, la propietaria de los recursos forestales producidos en su monte.

Para darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFIC@ (cuya url es: https://notifica.jccm.es/notifica)
Marco legal: 

DOCM: 29/03/11 Orden de 09/03/2011, por la que se aprueban los pliegos especiales de condiciones técnico-facultativas, para la regulación de la ejecución de los aprovechamientos forestales (maderables y leñosos, incluida la biomasa forestal, y corcho) y las normas técnicas para la realización de los aprovechamientos de frutos forestales, apícola, hongos y setas, áridos y plantas aromáticas, medicinales y alimentarias, en montes de propiedad privada, y en los montes públicos patrimoniales y demaniales no gestionados por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
DOCM: 23/06/08 Ley 3/08, de 12/06/2008, de montes y gestión forestal sostenible de Castilla - La Mancha
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