PROCEDIMIENTO:
010279 COMUNICACION DE MODIFICACION NO SUSTANCIAL DE AUTORIZACION AMBIENTAL INTEGRADA
Plazo de resolución:
1 MES
Efectos silencio:
Estimatorio
MJB8 COMUNICACION DE MODIFICACION NO SUSTANCIAL DE AUTORIZACION AMBIENTAL INTEGRADA
Plazo de presentación de solicitudes:
Todo el año, previo al inicio de la modificación.
Objeto:
Otorgar, si procede, mediante resolución la modificación de la autorización ambiental integrada en los términos previstos en Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación y Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.
Destinatarios:
Instalaciones con autorización ambiental integrada aprobada mediante resolución
Requisitos:
Para que se considere modificación no sustancial no deben cumplirse ninguno de los criterios establecidos en el artículo 14 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.
Importe:
El procedimiento conlleva el pago de una tasa que puede consultarse en http://pagina.jccm.es/agricul/tasas/Tasa_002.pdf
Criterios:
Valorada la solicitud se inicia un procedimiento que concluye con una resolución, en su caso, de modificación de autorización ambiental integrada, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación y el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio.
Documentación a aportar:
- En su caso, acreditación de la representación mediante cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna.- Memoria justificativa de la consideración de ¿No sustancial¿, según lo especificado en el art.10 del R.D.L. 1/2016.
- Memoria técnica de la modificación o ampliación propuesta.
- Otras
Lugar de presentación:
De forma telemática, mediante el envío con firma electrónica, de los datos a través del formulario incluido en esta sede.
Información Adicional:
Para cualquier consulta puede ponerse en contacto en:
-https://agricultura.jccm.es/ova/
Apartado Contactar
Área: Autorización Ambiental Integrada
- También a través del correo electrónico eambiental@jccm.es
Marco legal:
Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación
Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.