PROCEDIMIENTO:
010331 CONCESION DE LICENCIA PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO PUBLICO DE COMUNICACION AUDIOVISUAL RADIOFONICA DE EXPLOTACION MUNICIPAL.
Plazo de resolución:
6 MESES
Efectos silencio:
Desestimatorio
SIH6 CONCESION DE LICENCIA PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO PUBLICO DE COMUNICACION AUDIOVISUAL RADIOFONICA DE EXPLOTACION MUNICIPAL. (EMISORA MUNICIPAL DE FM)
Plazo de presentación de solicitudes:
abierto todo el año
Objeto:
Concesión de título habilitante (licencia) para la prestación del servicio público de comunicación audiovisual radiofónica. (Emisora municipal de FM).
Destinatarios:
Ayuntamientos de Castilla-La Mancha.
Requisitos:
- El control de la gestión corresponderá al Pleno del Ayuntamiento.- Se deberá gestionar directamente conforme establece el artículo 85.2.A de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local.
- Nunca podrán formar parte de cadenas comerciales de radiodifusión.
Criterios:
El fomento de los valores culturales de la Comunidad Autónoma y del municipio,no titularidad de ninguna otra emisora de radiodifusión,horario de emisión, porcentaje de producción propia y porcentaje de programas informativos, culturales o educativos,integrar en los puestos de trabajo personas con discapacidad, no haber sido sancionado por cualquiera de las causas previstas en la legislación vigente en materia de Contratación y Telecomunicaciones. Otros criterios especificados en la convocatoria.
Documentación a aportar:
- Certificación del acta del Pleno de la Corporación Municipal en el que se haya acordado la solicitud de la concesión administrativa para gestionar este servicio.
- Certificación acreditativa de la población censada en el último censo del Municipio.
- Plano de la situación prevista para el centro emisor, con indicación de su cota y de sus coordenadas geográficas.
- Memoria explicativa y detallada en la que se recoja la programación a desarrollar, las previsiones de financiación cuantificadas porcentualmente, así como la forma de gestión del servicio, que deberá ser alguna de las determinadas en el artículo 85.2.A. de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. - Fotocopia del NIF.
- En el caso de que la solicitud de autorización se haga a través de persona representante legal, documento que lo acredite como tal mediante cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna o mediante declaración en comparecencia personal de la persona interesada.
- Fotocopia NIF/NIE de su representante cuando la solicitud de autorización se realice por representante legal en caso de que conste su oposición expresa a que por esta Administración se consulten los datos conforme establece el art. 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Lugar de presentación:
Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica, a través de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es)
Información Adicional:
Podrá solicitar más información dirigiéndose al correo electrónico: dgcohesionterritorial@jccm.es
Marco legal:
DOCM: 26/06/98 Decreto 59/1998 de 9-6-98, por el que se regula la gestión indirecta del servicio de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia (DOCM nº 29 de 26 de junio)
Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual.
DOCM: 19/04/07 Ley 10/2007, de 29/03/2007, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE MEDIOS AUDIOVISUALES DE CASTILLA-LA MANCHA