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PROCEDIMIENTO: 

031120 CONCESION DIRECTA DE SUBVENCIONES A DIVERSAS ENTIDADES DE INICIATIVA SOCIAL PARA LA INFORMACION, FORMACION Y VALORACION DE IDONEIDAD DE FAMILIAS PARA ACOGIMIENTO FAMILIAR.

Plazo de resolución: 

PLU7 CONCESION DIRECTA DE SUBVENCIONES A DIVERSAS ENTIDADES DE INICIATIVA SOCIAL PARA LA INFORMACION, FORMACION Y VALORACION DE IDONEIDAD DE FAMILIAS PARA ACOGIMIENTO FAMILIAR.

Plazo de presentación de solicitudes: 
La entidad beneficiaria deberá justificar el gasto efectuado mediante la presentación, con anterioridad al 30 de noviembre de 2022,
Objeto: 
Información, formación y valoración de la idoneidad de aquellas familias castellano-manchegas que se muestren interesadas en el acogimiento familiar de niños, niñas y adolescentes del sistema de protección.
Destinatarios: 
Entidades de iniciativa social
Requisitos: 
La entidad beneficiaria deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
b) Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
c) No concurrir en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
d) No encontrarse, la persona que ostente la representación legal de la entidad, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
Y el resto de los requisitos establecidos en el artículo 4.2.
Importe: 
El importe total de las subvenciones es de 235.700,00 euros
Documentación a aportar: 
a) Relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe y fecha de emisión.
b) Facturas originales y copias de las mismas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico mercantil o con eficacia administrativa, en los términos establecidos reglamentariamente. La acreditación del gasto también podrá efectuarse mediante facturas electrónicas, siempre que cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario. La acreditación del pago se realizará según lo dispuesto en la Orden de 7 de mayo de 2008, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula la forma de acreditación del gasto realizado en materia de subvenciones.
c) Los gastos de personal se acreditarán mediante contrato laboral del personal, nóminas de dicho personal, documentos de la Seguridad Social TC1 y TC2 y Modelos 111 y 190. Cuando no se impute el 100 % de la jornada laboral del personal objeto de financiación, la entidad beneficiaria deberá justificar documentalmente los cálculos realizados para obtener el porcentaje y la cantidad imputada.
d) Certificado firmado por el representante de la entidad en el que se haga constar que la cantidad librada por la Consejería competente en materia de servicios sociales ha sido contabilizada como ingreso en la contabilidad de la entidad, que las facturas justificativas corresponden a pagos efectivamente realizados y derivados de la finalidad para la que fue concedida la subvención, que se asumen como propias y que no han sido presentadas ante otras entidades públicas o privadas como justificantes de ayudas concedidas por las mismas.
e) En su caso, los tres presupuestos que deba de haber solicitado la entidad beneficiaria en aplicación de lo dispuesto en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Lugar de presentación: 
La justificación se presentará de forma telemática con firma electrónica mediante el modelo habilitado al efecto en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: http:/www.jccm.es
Marco legal: 

DOCM: 27/04/22 Decreto 26/2022, de 12 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones, con carácter urgente y excepcional, a diversas entidades de iniciativa social para la información, formación y valoración de idoneidad de familias que se ofrecen para el acogimiento familiar de niños, niñas y adolescentes del sistema de protección, así como la prestación de apoyo y seguimiento posterior.