PROCEDIMIENTO:
010416 PROCEDIMIENTO PARA LA CONSTITUCION DEL REGIMEN ESPECIAL DE CONCEJO ABIERTO
Plazo de resolución:
6 MESES
Efectos silencio:
Estimatorio
SJX3 CONSTITUCION DEL REGIMEN ESPECIAL DE CONCEJO ABIERTO
Plazo de presentación de solicitudes:
Abierto todo el año
Objeto:
Aprobación del expediente de constitución del régimen especial de Concejo Abierto bajo la forma legal de Decreto de Consejo de Gobierno.
Destinatarios:
Municipios y Entidades Locales de ámbito inferior al Municipio de la región de Castilla-La Mancha.
Requisitos:
a)Los Municipios que tradicional y voluntariamemte cuenten con este singular régimen de gobierno y administración.b)Aquellos otros en los que por su localización geográfica, la mejor gestión de los intereses municipales u otras circunstancias lo hagan aconsejable.
Documentación a aportar:
Procedimiento regulado en el artículo 52 de la Ley 3/1991:Petición de la mayoría de los vecinos
Decisión favorable por mayoría de dos tercios de los miembros del Ayuntamiento
Aprobación por la Comunidad Autónoma.
Lugar de presentación:
Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.
Marco legal:
Artículos 29 y 45 de la Ley de Bases de Régimen Local.
DOCM: 29/11/13 Ley 7/2013, de 21 de noviembre, de adecuación de procedimientos administrativos y reguladora del régimen general de la declaración responsable y comunicación previa.
Artículos 51 y siguientes de la Ley 3/1991, de 14 de marzo, de Entidades Locales de Castilla-La Mancha
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