PROCEDIMIENTO:
035732 CONVOCATORIA 2018. SOLICITUD DE ABONO DE LA SUBVENCION PARA EL CRECIMIENTO EN MERCADOS NACIONALES Y PARA LA MEJORA DE LA POSICION COMPETITIVA DE LAS PYMES.
Plazo de resolución:
EL PLAZO MÁXIMO PARA RESOLVER Y NOTIFICAR LA RESOLUCIÓN NO PODRÁ EXCEDER DE CUATRO MESES, A CONTAR DESDE LA FECHA DE FINALIZACIÓN DEL PLAZO PARA PRESENTAR SOLICITUDES.
Efectos silencio:
Desestimatorio
PKZK CONVOCATORIA 2018. SOLICITUD DE ABONO DE LA SUBVENCION PARA EL CRECIMIENTO EN MERCADOS NACIONALES Y PARA LA MEJORA DE LA POSICION COMPETITIVA DE LAS PYMES.
Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de justificación será de un mes a partir de la fecha establecida para la finalización del plazo de ejecución.
Objeto:
El objeto es subvencionar los gastos de proyectos para la participación de las pymes de Castilla-La Mancha, como expositor con stand propio, en las ferias comerciales nacionales y/o regionales para la promoción de sus productos o servicios, e incentivar las actividades y acciones que tengan como objetivo la apertura de nuevos mercados o la mejora de la comercialización de sus productos o servicios.Destinatarios:
Pymes a las que se les haya concedido una ayuda dentro de este programa de subvenciones.
Requisitos:
- Realizar el proyecto o actuación subvencionada.- Justificar ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determine la resolución de concesión de la subvención.
- Someterse a las actuaciones de comprobación.
- Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones.
- Realizar la comunicación y acreditación de los supuestos contemplados en el artículo 33 de la orden de bases.
- Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados.
- Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos.
- Cumplir con los requisitos exigidos por la legislación vigente para el ejercicio de su actividad.
- Contar con un mínimo del 25% de la inversión subvencionable en recursos propios.
- Cumplir lo dispuesto en la normativa en materia de igualdad de trato y lo dispuesto en la normativa medioambiental.
Documentación a aportar:
La cuenta justificativa deberá ser cumplimentada en su totalidad e incluir la documentación que a continuación se cita:- Memoria justificativa de cada una de las actuaciones y/o proyectos desarrollados.
- Una relación clasificada de facturas y gastos realizados.
- Facturas justificativas de los gastos realizados.
- Documentación acreditativa del pago efectivo de las facturas.
- Cuentas anuales e impuesto de sociedades.
- Declaración responsable de que se ha realizado una aportación mínima del 25% de la inversión subvencionable.
- Documentación gráfica suficiente que acredite el debido cumplimiento, durante la ejecución del proyecto, de las medidas de información y comunicación contempladas en el artículo 11.
- En su caso, una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad.
- Los tres presupuestos que, en su caso y en aplicación del artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, deba haber solicitado el beneficiario.
- Escritura de constitución de la sociedad y de sus posteriores modificaciones.
Lugar de presentación:
Las solicitudes de abono se dirigirán al órgano que dictó la resolución de concesión, únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es). Al presentarse de esta forma, los documentos originales podrán ser digitalizados y presentados como archivos anexos.Información Adicional:
Todos los trámites relacionados con la justificación se notificarán únicamente de forma electrónica, a través de la plataforma de notificaciones telemáticas en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Para ello, deberán estar dados de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha https://notifica.jccm.es/Notifica/Para cualquier duda o aclaración:
Teléfonos:
Albacete: 967557815
Ciudad Real: 926276294
Cuenca: 969176467
Guadalajara: 949888653
Toledo: 925267938
Correo electrónico: serviciodeincentivacion@jccm.es
Más información y documentos de ayuda en la web http://adelante-empresas.castillalamancha.es/
Marco legal:
DOCM: 27/04/18 Resolución de 20/04/2018, de la Dirección General de Empresas, Competitividad e Internacionalización, por la que se aprueba, para el ejercicio 2018, la convocatoria de subvenciones del Programa Adelante Comercialización al crecimiento en mercados nacionales y para la mejora de la posición competitiva de las pymes, cofinanciadas en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Extracto BDNS (Identif.): 395425
DOCM: 08/09/16 Orden de 31/08/2016, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del Programa Adelante Comercialización, para el fortalecimiento de la capacidad de comercialización de las empresas en Castilla-La Mancha y la transformación digital de la industria manufacturera de Castilla-La Mancha, cofinanciadas en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
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