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PROCEDIMIENTO: 

031020 AYUDAS PARA PLANES INDIVIDUALES DE INTERNACIONALIZACION

Plazo de resolución: 

4 MESES.

Efectos silencio: 

Desestimatorio

SLOE CONVOCATORIA DE AYUDAS DESTINADAS AL DESARROLLO DE PLANES INDIVIDUALES DE INTERNACIONALIZACION

Plazo de presentación de solicitudes: 

Del Sáb, 05 Nov 2022 al Lun, 05 Dic 2022
Objeto: 
El objeto consiste la concesión de subvenciones a empresas, dirigidas al desarrollo de acciones contempladas en sus Planes Individuales de Internacionalización, tanto para empresas que se encuentran en fases iniciales como para empresas con exportaciones consolidadas.
Destinatarios: 
La convocatoria va dirigida a solicitantes de todos sectores, que desarrollen su actividad económica en Castilla -La Mancha. Los beneficiarios podrán ser las personas físicas que se encuentren en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA); las cooperativas; las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, que aun careciendo de personalidad jurídica, realicen las actividades subvencionables, excepto las fundaciones públicas y privadas, empresas u organismos públicos y las administraciones públicas. Podrán ser también beneficiarios los órganos de gestión y de representación de las indicaciones geográficas protegidas y denominaciones de origen protegidas, cualquiera que sea su forma jurídica, así como cuando se constituyan como asociaciones y fundaciones.
Requisitos: 
a) Desarrollar su actividad económica en Castilla-La Mancha.

b) No estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

c) No encontrarse la persona que ostente la representación legal de la entidad, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha. Para el caso de sociedades y demás personas jurídicas, esta incompatibilidad se extiende a sus administradores o sus representantes legales.

d) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias tanto con la administración estatal como con la autonómica y con la Seguridad Social.

e) No haber solicitado ni obtenido cualquier otra ayuda, subvención, ingreso o recurso con cargo a los presupuestos de la JCCM para el mismo concepto.
Importe: 
El porcentaje de subvención máximo será:
Línea 1 y 2 Iniciación: 100% de ayuda con un máximo de 5.000 euros. Línea 3 y 4 Consolidación: 100% de ayuda con un máximo de 8.000 euros. El presupuesto mínimo de la suma de todos los gastos sobre los que se solicita la subvención, deberá ser, al menos, de 2.500 para las líneas 1 y 2 y de 4.000 euros para las 3 y 4. Esta información se deberá presentar en el modelo que acompaña a esta convocatoria (Anexo III).
Criterios: 
Por concurrencia competitiva:

Línea 1 y 2:

a) Capacidad económica.
b) Participación en los últimos 5 años en Programas de Internacionalización.
c) Disposición página web.
d) Actividad económica en zona Prioritaria.

Línea 3 y 4:

a) Existencia departamento exportación propio o externo.
b) Disposición página web.
c) Compromiso social y sostenibilidad.
d) Actividad económica en zona Prioritaria.
Documentación a aportar: 
Las solicitudes de subvención se presentarán en el modelo normalizado que se acompañe a esta convocatoria (Anexo II).
El solicitante deberá aportar en formato digital en caso de no haberlo aportado anteriormente al IPEX, los siguientes documentos:

- Plan de actuaciones para la solicitud de la ayuda, siguiendo el modelo incluido como Anexo III.
- Foto de la página Web en los idiomas declarados.
- Código de Identificación Fiscal (CIF), en el supuesto de que fuera persona jurídica.
- Escritura de constitución y, en su caso, de posteriores modificaciones u otro documento que acredite la personalidad jurídica del solicitante.
- En el caso de que el solicitante sea una comunidad de bienes, se aportará la documentación siguiente: compromiso de ejecución de cada socio e identificación del representante. Además todos los solicitantes deben aportar:
- Alta o declaración censal en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), en el caso de trabajadores autónomos.
- Modelo 390 de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, (resumen anual de IVA) o Modelo 303. Solo por solicitantes de la Línea 1 Iniciación a la exportación y Línea 2, se deberá aportar:
- Cuenta de resultados.
- Certificado o documento acreditativo de participación en el Programa ICEX NEXT de ICEX o Programa Expande de Cámaras. Solo por solicitantes de la Línea 3 Consolidación de la exportación y Línea 4 Consolidación de la exportación sector moda:
-Certificados y/o plan en materia de sostenibilidad, igualdad de género (cuando no sea obligatorio), responsabilidad social corporativa, así como el compromiso demostrado con los objetivos de la Agenda 2030
Lugar de presentación: 
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCCM: https://www.jccm.es
Información Adicional: 
Junto a la solicitud de subvención se presentará un Plan de Internacionalización (para lo que se adjunta modelo anexo III junto a la solicitud).El presupuesto total de los gastos financiables debe ser cómo mínimo de 2.500 euros para las líneas 1 y 2 y de 4.000 euros para las 3 y 4. Podrán ser financiables acciones contempladas en el plan y realizadas desde el 1 de julio de 2022 hasta el 30 de junio de 2023.

Teléfono: 925 259 100
Email: convocatorias@ipex.es
Marco legal: 

DOCM: 23/09/21  Orden 139/2021, de 15 de septiembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas, convocadas por el Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha, destinadas al desarrollo de planes individuales de internacionalización.
DOCM: 04/11/22 Resolución de 25/10/2022, del Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas, al amparo de la Orden 139/2021, de 15 de septiembre, modificada por la Orden 139/2022, de 5 de julio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, destinadas al desarrollo de planes individuales de internacionalización. Extracto BDNS (Identif.): 655957.
DOCM: 04/11/22 Orden 139/2022, de 5 de julio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se modifica la Orden 139/2021, de 15 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas, convocadas por el Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha, destinadas al desarrollo de planes individuales de internacionalización.
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