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PROCEDIMIENTO: 

030763 AYUDAS PARA LA PREVENCION DE LA MUTILACION GENITAL FEMENINA (MGF)

Plazo de resolución: 

3 MESES.

Efectos silencio: 

Desestimatorio

SKZY CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA PREVENCION DE LA MUTILACION GENITAL FEMENINA (MGF)

Plazo de presentación de solicitudes: 

Del Vie, 18 Mar 2022 al Jue, 31 Mar 2022
Objeto: 
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para la prevención de la mutilación genital femenina, destinadas a la realización de proyectos en Castilla-La Mancha, dirigidos a la toma de conciencia de mujeres y hombres sobre la forma de violencia de género que supone la mutilación genital femenina.
Destinatarios: 
Las entidades sin ánimo de lucro, constituidas e inscritas en los registros oficiales correspondientes.
Requisitos: 
Las entidades solicitantes deben cumplir los requisitos establecidos en el artículo 7 de la Orden Orden 31/2020, de 5 de marzo, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación, modificada por la Orden 23/2021, de 24 de febrero.
Importe: 
La cantidad máxima destinada para esta convocatoria de subvenciones es de 52.000 ¿.
No obstante, se establece como límite que la cuantía de la subvención no puede superar por proyecto la cantidad de 12.000 euros.
Con cargo a la partida presupuestaria 7001/G/323B/48126 de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022.
Criterios: 
Los recogidos en el artículo 13 de la Orden 31/2020, de 5 de marzo, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación, modificada por la Orden 23/2021, de 24 de febrero.
Documentación a aportar: 
A la solicitud deberá adjuntarse la documentación requerida en el artículo 24.2 de la Orden 31/2020, de 5 de marzo, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación, modificada por la Orden 23/2021, de 24 de febrero.
Las entidades interesadas sólo podrán solicitar un proyecto que acompañarán a la solicitud, debiendo contener al menos los siguientes apartados
1º. Denominación del proyecto.
2º. Justificación del proyecto: Naturaleza y fundamentación del proyecto según el diagnóstico de partida.
3º. Objetivos (generales y específicos)
4º. Desarrollo el proyecto:
Metodología: técnicas que se van a realizar para alcanzar los objetivos.
Actividades.
Temporalización: calendario con fechas de las tareas y actividades.
Población destinataria del proyecto: tipo de población o colectivo; y número.
Recursos materiales necesarios para desarrollar el proyecto.
Recursos humanos necesarios para desarrollar el proyecto.
Evaluación. Criterios y técnicas de evaluación: registros, indicadores.
5º. Beneficio social del proyecto y efecto multiplicador del mismo:
Localización (local, provincial, interprovincial, regional): señalar las localidades donde se va a desarrollar el proyecto. Actividades innovadoras: señalar las actividades piloto, experimentales o innovadoras que se desarrollan en el proyecto. 6º. Recursos económicos.
Presupuesto del proyecto.
Cofinanciación: especificar cantidad y porcentaje de financiación propia.
Lugar de presentación: 
Únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario ispecíficamente habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).
Información Adicional: 
JUSTIFICACIÓN CONVOCATORIA SUBVENCIONES AÑO 2022

El plazo de justificación de la subvención concedida concluirá el 31-1-2023. La entidad beneficiaria presentara, el modelo habilitado al efecto en el apartado Modelos de trámite, en la siguiente dirección https://www.jccm.es/sede/ventanilla/consultar-expediente, junto con las copias digitalizadas de los documentos justificativos requeridos.
Marco legal: 

DOCM: 17/04/19 Ley 22/2002, de 21/11/2002, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE CREACION DEL INSTITUTO DE LA MUJER DE CASTILLA-LA MANCHA
DOCM: 25/11/10 Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha.
DOCM: 15/10/18 Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha.
DOCM: 27/04/21 Orden 31/2020, de 5 de marzo, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación.
DOCM: 17/03/22  Resolución de 10/03/2022, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se convocan ayudas para la prevención de la mutilación genital femenina (MGF) en el año 2022. Extracto BDNS (Identif.): 614663.
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