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PROCEDIMIENTO: 

040219 DECLARACIÓN DE UTILIDAD PÚBLICA (ASOCIACIONES)

Plazo de resolución: 

SJ7T DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA (ASOCIACIONES)

Plazo de presentación de solicitudes: 
Plazo abierto todo el año
Objeto: 
Tramitación de la declaración de utilidad pública por el Ministerio del Interior.
Destinatarios: 
Asociaciones y federaciones de asociaciones.
Requisitos: 
Estar inscrita, ininterrumpidadmente, en el Registro Regional de Asociaciones durante los dos años precedentes.
Documentación a aportar: 
Documentos que deben acompañar a la solicitud:
- Memoria de actividades desarrolladas durante los dos ejercicios económicos anuales precedentes, firmada por todos los miembros de la Junta Directiva u órgano de representación de la entidad.
- Cuentas anuales de los dos últimos ejercicios cerrados, firmadas por los miembros de la Junta Directiva u órgano de representación de la entidad (deben de ir firmadas todas las páginas)
- Certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en la que conste que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y que no consten deudas con el Estado en período ejecutivo.
- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social de hallarse al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social.
- Original o copia compulsada del alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto sobre Actividades Económicas.
- Certificación del acuerdo del órgano de la asociación por el que se solicita la declaración de utilidad pública.
Lugar de presentación: 
Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.
Información Adicional: 
Para más información http://ejuridicas.castillalamancha.es/
Marco legal: 

Real Decreto 1740/2003, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública