PROCEDIMIENTO:
020140 REGISTRO OFICIAL DE MAQUINARIA AGRICOLA
Plazo de resolución:
3 MESES
Efectos silencio:
Desestimatorio
SJO6 INSCRIPCION ALTA/BAJA/EMISION DE DUPLICADOS EN EL REGISTRO OFICIAL DE MAQUINARIA AGRICOLA
Plazo de presentación de solicitudes:
Abierto todo el año
Objeto:
El Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (R.O.M.A.) se establece con el fin de recopilar el parque de maquinaria agrícola que actúa en España, recogiendo las características de las máquinas que se utilizan en la actividad agraria.
Su actuación está regulada por el Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo, sobre caracterización y registro de la maquinaria agrícola (BOE nº 117, de 27 de abril de 2020).
Destinatarios:
Los titulares de las máquinas , procederán a su inscripción siempre que sean:- Personas físicas y jurídicas que desarrollen actividad agraria siempre que estén inscritas en el Registro general producción agrícola (REGEPA), en el Registro general explotaciones ganaderas (REGA) o en registros autonómicos;
- Personas físicas o jurídicas que desarrollen prestación de servicios agrarios, siempre que justifiquen esa actividad económica;
- Cooperativas agrarias, en sus distintas modalidades, SAT, titularidades compartidas y otras agrupaciones agrarias;
- Organismos oficiales y centros formación agraria cuando utilicen las máquinas en tareas específicas de mecanización agraria.
Para completar ver punto 2 del siguiente enlace:
https://www.castillalamancha.es/gobierno/agriaguaydesrur/actuaciones/registro-maquinaria-agr%C3%ADcola
Requisitos:
Para acreditar la titularidad de la explotación:
- Las personas físicas deberán acreditarlo estando inscritas en el Registro general de la Producción Agrícola (REGEPA), en el Registro general de explotaciones ganaderas (REGA) o en registros autonómicos. En el caso de actividad forestal, se proporcionará un documento acreditativo de la misma.
- Las Personas jurídicas deberán acreditarlo estando inscritas en el REGEPA, REGA o registros autonómicos. En el caso de actividad forestal, se proporcionará un documento acreditativo de la misma.
- Si la máquina es para servicios agrícolas o ganaderos a terceros, presentar documento de alta en IAE en el epígrafe correspondiente.
- Si el titular es una Sociedad, deberá también aportar, escritura o Acta de constitución y Estatutos de la sociedad, en la que conste objeto social agropecuario, CIF y DNI representante.
- Las Cooperativas Agrarias y las SAT, deberán aportar Acuerdo de la Junta rectora para efectuar la tramitación de compra/venta.
Documentación a aportar:
Ver punto 6 del siguiente enlace:
https://www.castillalamancha.es/gobierno/agriaguaydesrur/actuaciones/registro-maquinaria-agr%C3%ADcola
Lugar de presentación:
A) Las personas físicas, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del PAC de las AAPP y opcionalmente de forma telemática mediante firma electrónica a través de la sede electrónica de la JCCM (www.jccm.es).
B) Las personas jurídicas establecidas en el artículo 14.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, obligatoriamente de forma telemática mediante firma electrónica a través de la sede electrónica de la JCCM (www.jccm.es).
Información Adicional:
La inscripción del alta en el ROMA y el duplicado conlleva el pago de una tasa (tarifa 1), para más información Pinche aquíPara presentar subsanaciones a su solicitud, Pinche aquí
Marco legal:
- Real Decreto 2822/1998 de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos (BOE nº 22, de 26 enero 1999).
- Real Decreto 750/2010, de 4 de junio por el que se regulan los procedimientos de homologación de vehículos de motor y sus remolques, máquinas autopropulsadas o remolcadas, vehículos agrícolas, así como de sistemas, partes y piezas de dichos vehículos.
- Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (BOE nº 261, de 31de octubre de 2015.
- Real Decreto 448/2020 de 10 de marzo, sobre Caracterización y Registro de Maquinaria Agrícola (BOE nº 117 de 27 de abril de 2020).-
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