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PROCEDIMIENTO: 

010519 LICENCIA DE CAZA Y PESCA

Plazo de resolución: 

3 MESES

Efectos silencio: 

Desestimatorio

SKEE LICENCIA DE CAZA Y PESCA

Plazo de presentación de solicitudes: 
Plazo abierto todo el año
Objeto: 
Tramitar las correspondientes licencias de caza y/o pesca
Destinatarios: 
Licencia de caza: Personas físicas mayores de 14 años.
Licencia de pesca: El menor de edad no emancipado, necesita autorización escrita de quien tenga la patria potestad sobre él.
Requisitos: 
Licencias de caza:
-Tener cumplidos los 14 años (los/as menores de 18 años y mayores de 14 deben contar con autorización de quien ejerza la patria potestad).
- Seguro de responsabilidad civil, en caso de cazar con armas.
- En caso de nuevo/a cazador/a, estar en posesión del certificado de aptitud para la práctica de la caza o certificados equivalentes.
- No estar inhabilitado/a para la obtención de la licencia de caza por sanción administrativa firme o por resolución judicial firme en aplicación de la legislación penal.
Licencias de pesca:
- El menor de edad no emancipado, necesita autorización escrita de quien tenga la patria potestad sobre él.
- No estar inhabilitado/a para la obtención de la licencia de pesca por sanción administrativa firme o por resolución judicial firme en aplicación de la legislación penal.
Importe: 
Para ver los importes de las licencias de caza pinche aquí: http://pagina.jccm.es/agricul/tasas/Tasa_007.pdf

Para ver los importes de las licencias de pesca pinche aquí: http://pagina.jccm.es/agricul/tasas/Tasa_003.pdf

La Ley de Medidas Tributarias y Administrativas de Castilla-La Mancha para el año 2022, incluye una modificación de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias, que consisten en la exención del pago de la Tarifa 1 del artículo 117 y la Tarifa 1 del artículo 121 a los ciudadanos con residencia en Castilla-La Mancha.
Documentación a aportar: 
- En su caso, documento válido en derecho que acredite las facultades de representación.
- En su caso, acreditación de la condición de jubilado/a.
- En caso de no autorizar a la Administración a la consulta de datos: acreditación de ser persona residente en Castilla-La Mancha mediante certificado de empadronamiento.
Lugar de presentación: 
a) Presencialmente, conforme al modelo normalizado (Anexo I), en los siguientes lugares: Registros de la Consejería de Desarrollo Sostenible así como en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 ,de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
b) Telemáticamente a través del formulario incluido en esta sede electrónica
Información Adicional: 
Para cualquier consulta adicional puede ponerse en contacto con las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Desarrollo Sostenible, a través de los siguientes teléfonos:
- Albacete: 967558100
- Ciudad Real: 926279500
- Cuenca: 969 17 83 00
- Guadalajara: 949885300
- Toledo: 92523805
Marco legal: 

DOCM: 24/07/92 Ley 1/1992, de 07/05/1992, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE PESCA FLUVIAL
DOCM: 12/03/15 Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha.
DOCM: 05/03/15 Orden de 16/02/2015, de la Consejería de Agricultura, por la que se modifica la Orden de 01/02/2013, por la que se establece el modelo y los tipos de licencias de caza, pesca fluvial y matrículas de embarcación y aparatos flotantes en Castilla-La Mancha.
Modelos del Trámite: