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PROCEDIMIENTO: 

036304 LINEA 3: AYUDAS AL FAMILIAR COLABORADOR DE LA PERSONA TRABAJADORA AUTONOMA.

Plazo de resolución: 

Tres meses contados desde el día de la presentación de la solicitud

Efectos silencio: 

Desestimatorio

KM0Z LINEA 3: AYUDAS AL FAMILIAR COLABORADOR DE LA PERSONA TRABAJADORA AUTONOMA.

Plazo de presentación de solicitudes: 

Del Mié, 01 Mar 2023 al Vie, 28 Abr 2023
Objeto: 
Apoyar el mantenimiento de la actividad emprendedora, fomentando la inserción laboral de familiares de la persona trabajadora autónoma principal, mediante la prestación de servicios en el negocio familiar.
Destinatarios: 
Los familiares colaboradores de las personas trabajadoras autónomas, entendiéndose por tales, cónyuge o persona con análoga relación afectiva y de convivencia, ascendiente o descendiente por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, y, en su caso, por adopción, que se incorporen al RETA, o a la Mutualidad de Previsión Social del colegio profesional correspondiente y colaboren con ellos mediante la realización de trabajos en la actividad de que se trate.
Requisitos: 
Además de los requisitos generales previstos en el artículo 5, deberán cumplir los siguientes:
- El familiar que se incorpore como trabajador autónomo colaborador debe ser cónyuge, pareja estable no casada, ascendiente, descendiente o tener una relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad, afinidad o adopción con la persona titular del negocio.

- El familiar que se incorpore como trabajador autónomo colaborador debe figurar como desempleado e inscrito como demandante de empleo en la Red de Oficinas Emplea de Castilla-La Mancha con anterioridad al alta en el RETA o en la Mutualidad de Previsión Social del colegio profesional correspondiente.
Criterios: 
Estas subvenciones se otorgarán en régimen de concesión directa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 75.2 c) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, y en el artículo 22.2 c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Las resoluciones de concesión se dictarán por orden de presentación de solicitudes, una vez realizadas las comprobaciones y hasta agotar el crédito.
Documentación a aportar: 
Se presentará el anexo III, junto con la documentación que en el mismo se indica.
Lugar de presentación: 
Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social y se presentarán de forma telemática con firma electrónica a través de los formularios indicados en el artículo 26..3 del decreto regulador, que se incluirán en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).
Información Adicional: 
Para la justificación de la ayuda, deberá aportarse el anexo VIII denominado: aportación de documentación para el seguimiento de las ayudas al familiar colaborador de la persona trabajadora autónoma, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.2.

Más información: autonomos@jccm.es

Teléfonos: 925 288000/ 925 265679
Marco legal: 

DOCM: 28/02/23 Decreto 19/2023, de 21 de febrero, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco de la estrategia de impulso al trabajo autónomo en Castilla-La Mancha 2022-2025. Extracto BDNS (Identif.):677668.
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