PROCEDIMIENTO:
035935 PROGRAMA MAYORES ACTIVOS. RUTAS CULTURALES Y DE OCIO PARA PERSONAS MAYORES DE CASTILLA-LA MANCHA
Plazo de resolución:
3 MESES
Efectos silencio:
Desestimatorio
SL3G PROGRAMA MAYORES ACTIVOS. RUTAS CULTURALES Y DE OCIO PARA PERSONAS MAYORES DE CASTILLA-LA MANCHA
Plazo de presentación de solicitudes:
Del Sáb, 05 Nov 2022 al Lun, 05 Dic 2022
Del Lun, 01 Mayo 2023 al Mié, 31 Mayo 2023
Plazo de presentación de solicitudes:
Dos plazos:
a) Para participar en el periodo de febrero a junio el plazo será un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria
b) Para participar en el periodo de octubre a noviembre, el plazo será del 1 de mayo al 31 de mayo
Objeto:
Convocar para el año 2023 el ?Programa Mayores Activos. Rutas culturales y de ocio? consistente en la participación de personas mayores, a través de las entidades beneficiarias, en las rutas que conforman dicho Programa y que tendrán como destino las costas peninsulares españolas y circuitos por Castilla-La Mancha
Destinatarios:
SOLICITANTES (ENTIDAD BENEFICARIA)Podrán ser beneficiarias del Programa Mayores Activos los centros de mayores, las asociaciones y las federaciones de personas mayores que desarrollen programas de atención a personas mayores en Castilla-La Mancha
PARTICIPANTES:
La participación en la convocatoria de cada año implica la selección por parte de la entidad beneficiaria de un grupo de cincuenta personas mayores en caso de rutas con destino a las costas peninsulares o de un grupo formado por un mínimo de veinticinco y un máximo de cincuenta personas mayores, en el caso de circuitos por Castilla-La Mancha, de los cuales uno de ellos será el responsable del grupo, quien podrá ser acompañado por su cónyuge o persona con análoga relación de convivencia
Requisitos:
SOLICITANTES (Base quinta de la Orden 41/2022 de 15 de febrero, de la Consejería de Bienestar Social)a) Carecer de fin de lucro.
b) Hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social,
c) Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, etc
PARTICIPANTES (base cuarta apartado 2 de la Orden 154/2018, de 22 de octubre)
a) Tener 65 años cumplidos o ser pensionista del sistema de la Seguridad Social.
b) Estar empadronado en se municipios de Castilla-La Mancha.
c) Valerse por sí mismo para las actividades de la vida diaria, no padecer enfermedad infecto-contagiosa ni trastornos mentales graves que puedan alterar la normal convivencia
d) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, También podrá participar en el Programa el cónyuge o persona con análoga relación de convivencia, también podrán participar sus descendientes con un grado de discapacidad igual o superior al 33%
Importe:
El contenido de las ayudas a que hace referencia la base primera se concretará en un descuento por importe de 20 euros por participante sobre el precio de adjudicación de cada ruta que resulte del contrato de servicios que formalizará la Consejería competente en materia de servicios sociales para la organización, gestión y ejecución del Programa, que se financiará con cargo a los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.El precio máximo de cada ruta por persona será el que se establezca en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para la adjudicación del contrato de servicios citado, así como en la correspondiente convocatoria de subvenciones. Las personas que participen en el Programa abonarán a la empresa el importe fijado por la Consejería que resulte del precio de adjudicación. Según prevé el PCAP el precio máximo por usuario (IVA incluido) es de 295,24 euros para los viajes a costas y 300,08 euros para viajes a Castilla- La Mancha.
Criterios:
Las rutas se otorgarán en atención a la concurrencia de los requisitos establecidos en la base quinta de la Orden 41/2022 de 15 de febrero, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa Mayores Activos de Castilla-La Mancha (DOCM núm. 36, de 22 de febrero de 2022).
Documentación a aportar:
Las entidades solicitantes no tendrán obligación de presentar documentación acompañando a la solicitud electrónica
de iniciación.Cuando proceda y tras la valoración de las solicitudes presentadas, en aquellos casos en los que se prevea que la propuesta de resolución provisional sea favorable a su concesión, se podrá solicitar cuanta documentación e información se considere necesaria para completar la instrucción del expediente.
Si la solicitud electrónica de iniciación no reúne los requisitos exigidos, el órgano competente requerirá electrónicamente a la entidad interesada para que proceda, en el plazo de diez días, a subsanar la falta o acompañar los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición, previa resolución que deberá ser notificada en la Plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Lugar de presentación:
Las solicitudes, debidamente firmadas de forma electrónica, se dirigirán a la persona titular de la Dirección General
competente en materia de atención a las personas mayores y deberán presentarse mediante el modelo habilitado
al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la
siguiente dirección: http://www.jccm.es. La solicitud quedará anotada en el registro electrónico.
Marco legal:
DOCM: 22/02/22 Orden 41/2022 de 15 de febrero, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa Mayores Activos de Castilla-La Mancha.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
DOCM: 04/11/22 Resolución de 28/10/2022, de la Dirección General de Mayores, por la que se convoca, para el año 2023, el Programa Mayores Activos de Castilla-La Mancha. Extracto BDNS (Identif.): 656313.
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