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PROCEDIMIENTO: 

090008 SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA PREVISTA EN LA LEY 4/2016, DE 15 DE DICIEMBRE, DE TRANSPARECIA Y BUEN GOBIERNO DE CASTILLA-LA MANCHA Y EN LA LEY 19/2013, DE 9 DE DICIEMBRE, DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA Y BUEN GOBIERNO

Plazo de resolución: 

UN MES. PODRÁ PRORROGARSE POR IGUAL PERIODO CUANDO SEA NECESARIO POR EL VOLUMEN O LA COMPLEJIDAD DE LA INFORMACIÓN SOLICITADA.

Efectos silencio: 

Desestimatorio

SKK0 SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA

Plazo de presentación de solicitudes: 
Plazo abierto todo el año.
Objeto: 
Dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de C-L-M y en el artículo 17 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno y así establecer el procedimiento necesario para que la ciudadanía en general pueda ejercer el derecho de acceso a la información pública con todas las garantías y con la limitaciones establecidas en la normativa básica y en la autonómica.
Destinatarios: 
Todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública, en los términos previstos en el artículo 105.b) de la Constitución Española, desarrollados por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno y por la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha.
Se entiende por información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de sus organismos y entidades de derecho público vinculados o dependiente de ella y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.
Requisitos: 
Para acceder a la información pública deberá presentar una solicitud de forma telemática a través de esta página web, a través del Portal de Transparencia pinche aqui o descargarse el formulario de solicitud, cumplimentarlo y presentarlo en cualquier oficina del registro. Todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública, sin obligación de motivar la solicitud ni dar razones de su interés.
Importe: 
El derecho de acceso a la información solicitada es gratuito, tanto en el sitio donde se encuentre dicha información, como si solicita su entrega por medios electrónicos.

La expedición de copias o la transposición a un formato diferente al original podrán dar lugar a la exigencia de las tasas o precios públicos establecidos en la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias.
Criterios: 
El derecho de acceso está sujeto a los límites que se derivan del artículo 18 de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, y de los artículos 14 y 15 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, (entre otros, la protección de la seguridad y defensa nacionales, las relaciones exteriores, la seguridad pública, la protección de datos personales, la prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios, la garantía de la igualdad de partes en los procesos judiciales, los intereses económicos y comerciales o la propiedad intelectual e industrial).
Documentación a aportar: 
No es necesaria la aportación de documentación a su solicitud inicial. No obstante, podrán adjuntar la que consideren oportuna para concretar su petición de acceso a la información pública pretendida.
Lugar de presentación: 
De forma telemática mediante el envío de los datos a través del formulario incluido en esta sede, en el Portal de Transparencia o en los registros de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Marco legal: 

Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (BOE núm. 295, de 10 de diciembre de 2013)
DOCM: 30/12/16 Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha.