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PROCEDIMIENTO: 

040369 SOLICITUD DE AYUDAS AL ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA LIBRE A TRAVES DEL PROGRAMA DE ALQUILER CON GARANTIAS ESPECIALES

Plazo de resolución: 

1 MES.

Efectos silencio: 

Desestimatorio

SLQ9 SOLICITUD DE AYUDAS AL ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA LIBRE A TRAVES DEL PROGRAMA DE ALQUILER CON GARANTIAS ESPECIALES.

Plazo de presentación de solicitudes: 

Del Lun, 03 Ene 2022 al Mié, 30 Nov 2022
Objeto: 
La convocatoria de las ayudas dirigidas al arrendamiento de vivienda libre a través del programa de alquiler con garantías especiales.
Destinatarios: 
Tendrán la consideración de personas beneficiarias, las personas físicas propietarias de inmuebles que concierten un contrato de alquiler para vivienda habitual con fecha posterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria de ayudas, siempre que la renta del contrato de arrendamiento de la vivienda no supere el límite establecido a tal efecto en el anexo de la Orden reguladora de las bases, en función de su antigüedad, superficie y ubicación.
En todo caso, la persona asegurada por el contrato de seguro debe ser la persona arrendadora y el objeto asegurado debe recaer sobre el mismo inmueble identificado como objeto del contrato de arrendamiento.
Requisitos: 
- Acreditar que la vivienda objeto del contrato de arrendamiento no está sometida a régimen alguno de protección pública y que dispone de certificado de eficiencia energética debidamente registrado o en trámite de inscripción en el Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Castilla-La Mancha.
- Acreditar haber suscrito un contrato de alquiler para vivienda habitual con fecha posterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria de ayudas, cuya renta mensual no supere la cuantía de la renta mensual máxima establecida en el anexo de la Orden reguladora de las bases.
- Acreditar haber suscrito contrato de seguro de impago que cubra todas o algunas de las contingencias subvencionables.
Importe: 
La cuantía de la ayuda será igual al coste efectivo para la persona beneficiaria de la contratación del seguro, con el límite máximo del cinco por ciento de la renta unitaria máxima establecida en el anexo de la Orden de 20 de diciembre de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras, multiplicada por doce.
Criterios: 
Se concederán por orden de presentación de las solicitudes correspondientes, articulándose mediante el procedimiento simplificado de concurrencia, hasta el agotamiento de la financiación disponible.
Podrán atenderse, sin necesidad de nueva convocatoria, solicitudes que, cumpliendo los requisitos y condiciones para ser beneficiarias, no hubieran sido atendidas por falta de consignación presupuestaria, en el supuesto de que se produjesen extinciones de las ayudas otorgadas a otras personas.
Documentación a aportar: 
A la solicitud se adjuntará la siguiente documentación, en su caso digitalizada:
a) Copia del contrato de arrendamiento de vivienda habitual suscrito entre la persona solicitante y la arrendataria, suscrito de conformidad con lo dispuesto en el Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
b) Copia del contrato de seguro de impago que cubra todas o algunas de las contingencias subvencionables indicadas en el artículo 5 de la Orden de bases, concertado con una compañía aseguradora registrada debidamente en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. En todo caso, la asegurada por el contrato de seguro debe ser la arrendadora y el objeto asegurado debe recaer sobre el mismo inmueble identificado como objeto del contrato de arrendamiento.
c) Copia del justificante bancario del pago de la prima anual del contrato de seguro concertado.
Lugar de presentación: 
Las solicitudes para la obtención de estas ayudas se presentarán obligatoriamente de forma electrónica, a través del formulario que se establece en el anexo I, que se incluye en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).
Información Adicional: 
vivienda.castillalamancha.es
Teléfono de la Dirección General de Vivienda: 925286872
Correo electrónico: dgvivienda.fomento@jccm.es
Marco legal: 

DOCM: 31/12/21 Resolución de 28/12/2021, de la Consejería de Fomento, por la que se convocan ayudas al arrendamiento de vivienda libre a través del programa de alquiler con garantías especiales para el año 2022.
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