PROCEDIMIENTO:
010601 SOLICITUD DE INSTALACION DE UN BOTIQUIN POR AYUNTAMIENTOS
Plazo de resolución:
1 MES
Efectos silencio:
Desestimatorio
SL4P SOLICITUD DE INSTALACION DE UN BOTIQUIN POR AYUNTAMIENTOS
Plazo de presentación de solicitudes:
Abierto todo el año.
Objeto:
Dictar resolución de inicio del procedimiento de oficio para instalar un botiquín o denegarlo con los motivos por los que no procede la iniciación.
Destinatarios:
Alcalde del municipio en que se encuentre radicado el núcleo de población donde se pretende instalar el botiquín.
Documentación a aportar:
La petición inicial debe incluir el núcleo de población, municipio, provincia y zona farmacéutica a la que pertenece el botiquín y se acompañará de la siguiente documentación:- Acuerdo del pleno del Ayuntamiento en el que se decide presentar la solicitud.
- Indicación de si el Ayuntamiento solicitante dispone de local para la instalación de botiquín, adjuntando:
- Justificación documental de la disponibilidad jurídica del local.
- Plano de situación en el que se señale con exactitud el emplazamiento del local.
- Plano del local realizado por técnico competente con indicación de la superficie útil de que dispone, el detalle de su distribución y las características de los accesos desde la vía pública.
Si se solicita un botiquín de temporada se indicará el plazo para el que se solicita su funcionamiento y, además de los anteriores, se presentará:
- Acreditación del incremento poblacional de temporada experimentado en el núcleo de población designado.
Lugar de presentación:
- las solicitudes y, en su caso, la documentación correspondiente deberá presentarse mediante el envío telemático de las mismas a través de los formularios incluidos en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: https://www.jccm.es. - Para aquellos municipios integrados en la Plataforma ORVE, la presentación de escritos, envío de documentación e intercambio de comunicaciones se realizará a través de dicho servicio electrónico
Información Adicional:
DELEGACIONES PROVINCIALES DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD:- ALBACETE. Avda. Guardia Civil, Nº 5. CP-02071. Teléfono: 967 55 79 00
- CIUDAD REAL. C/ Paloma, Nº 7. CP-13071. Teléfono: 926 27 60 00
- CUENCA. C/ de las Torres, Nº 43. CP-16071. Teléfono: 969 17 65 00
- GUADALAJARA. C/ Doctor Fernández Iparraguirre, Nº 1. CP-19071. Teléfono: 949 88 55 00
- TOLEDO. C/ Guadalmena, Nº 2. CP-45071. Teléfono: 925 26 64 00
Marco legal:
DOCM: 01/07/05 Ley 5/2005, de 27/06/2005, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE ORDENACION DEL SERVICIO FARMACEUTICO DE CASTILLA-LA MANCHA
DOCM: 27/02/15 Ley 2/2015, de 19 de febrero, por la que se modifica la Ley 5/2005, de 27 de junio, de Ordenación del Servicio Farmacéutico de Castilla-La Mancha.
DOCM: 28/03/19 Decreto 11/2019, de 18 de marzo, de planificación farmacéutica y requisitos, personal y autorizaciones de las oficinas de farmacia y botiquines.
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