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PROCEDIMIENTO: 

045335 SOLICITUD DE MODIFICACION DE COTO DE CAZA O ZONA COLECTIVA DE CAZA.

Plazo de resolución: 

3 MESES.

Efectos silencio: 

Desestimatorio

SKT8 SOLICITUD DE MODIFICACION DE COTO DE CAZA O ZONA COLECTIVA DE CAZA.

Plazo de presentación de solicitudes: 
Plazo abierto todo el año.
Objeto: 
Solicitud para la modificación de un coto de caza o de una zona colectiva de caza.
Destinatarios: 
- Personas titulares cinegéticas.
- Personas propietarias de los terrenos o arrendatarias o cesionarias de derechos cinegéticos.
- Entidades locales, asociaciones de cazadores, sociedades de cazadores, clubes u otras entidades de análoga naturaleza.
Requisitos: 
A) Si se trata de cotos de caza: 250 hectáreas de superficie continua mínima excluidas las fincas enclavadas ajenas a los terrenos que han de constituir el coto de caza.
B) Si se trata de zonas colectivas de caza:
- Terrenos con superficie mayor de 1.000 hectáreas de superficie continua mínima excluidas las fincas enclavadas ajenas a los terrenos que han de constituir la zona colectiva de caza.
- Terrenos que incluyan municipios de superficie catastral menor de 1.000 hectáreas de superficie continua mínima excluidas las fincas enclavadas ajenas a los terrenos que han de constituir la zona colectiva de caza y cuyo titular es una administración publica
B) Si se trata de zonas colectivas de caza:
- Terrenos con superficie mayor de 1.000 hectáreas de superficie continua mínima excluidas las fincas enclavadas ajenas a los terrenos que han de constituir la zona colectiva de caza.
- Terrenos que incluyan municipios de superficie catastral menor de 1.000 hectáreas de superficie continua mínima excluidas las fincas enclavadas ajenas a los terrenos que han de constituir la zona colectiva de caza y cuyo titular es una administración publica.
Documentación a aportar: 
- Documento válido en derecho que acredite las facultades de representación de la persona solicitante, en su caso.
- Acreditación de la disponibilidad de los terrenos:
a) Terrenos propiedad de la persona solicitante: Título de propiedad.
b) Terrenos arrendados o cesión: Copia del documento contractual con el impuesto liquidado, que en su caso corresponda, donde figure la personalidad del/la propietario/a, periodo y finalidad del arrendamiento o cesión, condiciones particulares y superficie de las parcelas en cuestión identificadas preferentemente por polígonos y parcelas catastrales.
c) Adjudicatarios/as del aprovechamiento cinegético de Montes de Utilidad Pública: licencia otorgada al efecto, en su caso
d) Terrenos propios de Entidades Locales: acta de adjudicación definitiva del aprovechamiento de caza, en su caso.
e) Otros (indicar):
- Relación de parcelas a modificar del terreno cinegético, conforme el modelo en formato excel disponible en la sede electrónica (relacion de parcelas a modificar), en su caso.
- Plano de nuevos límites del coto sobre hoja del Mapa Geográfico Nacional a escala mínima 1:50.000, con delimitación geográfica digital del acotado en formato shp.
- Solicitud de renovación del plan de ordenación cinegética (solo en el caso de que la modificación de superficie supere 250 ha o el 25 % de la superficie inicial (SIACI SJF6)).
Lugar de presentación: 
Exclusivamente de forma telemática a través del formulario incluido en esta sede.
Información Adicional: 
Para la cumplimentación de la solicitud se deben tener en cuenta las instrucciones disponibles en la sede electrónica.

Este procedimiento conlleva el pago de una tasa (tarifas 12 y 21).Para mas información pinche aquí:

http://pagina.jccm.es/agricul/tasas/Tasa_007.pdf
Para cualquier consulta adicional puede ponerse en contacto con la Delegación Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible a la que vaya dirigida la solicitud, a través de los siguientes teléfonos:

- Albacete: 967558100
- Ciudad Real: 926279500
- Cuenca: 969 17 83 00
- Guadalajara: 949885300
- Toledo: 925238053
Marco legal: 

DOCM: 02/03/22 Decreto 15/2022, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de aplicación de la Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha.
DOCM: 12/03/15 Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha.