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PROCEDIMIENTO: 

020283 RECONOCIMIENTO COMO LONJA DE REFERENCIA

Plazo de resolución: 

6 MESES

Efectos silencio: 

Estimatorio

SLL7 SOLICITUD RECONOCIMIENTO LONJAS DE REFERENCIA

Plazo de presentación de solicitudes: 
ABIERTO TODO EL AÑO
Objeto: 
El reconocimiento de las lonjas de referencia cuya sede social radique en Castilla-La Mancha y la comunicación anual.
Destinatarios: 
Aquellas lonjas con sede social en Castilla-La Mancha que ejerzan como actividad principal la de lonja de contratación, teniendo personalidad propia o estando integrada con autonomía propia en una entidad sin ánimo de lucro para el ejercicio de su actividad.
Requisitos: 
Deberán presentar una solicitud y cumplir las siguientes condiciones:
a) Tener la sede social en Castilla-La Mancha
b) Tener personalidad jurídica propia o estar integrada con autonomía propia en una entidad sin ánimo de lucro para el ejercicio de su actividad.
b) Disponer de unos estatutos que se ajusten a las determinaciones establecidas en el Real Decreto 427/2020.
c) Funcionar de manera transparente.
Asimismo, en relación a los productos para los que solicite el reconocimiento deberá cumplir:
a) Difundir información.
b) Obligarse a facilitar información al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y a la comunidad autónoma correspondiente sobre cotizaciones, tendencias de precios de mercado, precios practicados o de referencia, no vinculantes.
Criterios: 
A la vista de la documentación presentada, el órgano competente de la comunidad autónoma dictará resolución motivada y notificará la misma en el plazo máximo de seis meses.
Documentación a aportar: 
La solicitud para el reconocimiento deberá acompañarse, al menos, de la siguiente documentación:
a) Acta fundacional de la lonja de productos agropecuarios, o asociación, y documentación acreditativa de su reconocimiento como lonja o asociación, de acuerdo con la normativa que le sea aplicable.
b) Relación actualizada de todos los socios que la integran.
c) Estatutos o disposiciones reguladoras de la entidad solicitante.
d) Memoria descriptiva economica y social.
e) Relación de productos y tipologías sobre los que se centrará la información que facilite la lonja, así como de la posición comercial a la que se refiere.
f) Documentación que acredite la personalidad jurídica de la entidad solicitante.
g) Documentación que acredite la representación de la personal que suscribe la solicitud.
Anualmente deberán presentar, al cierre de su ejercicio económico:
a) Relación de socios que integran la lonja de referencia o asociación.
b) Memoria económica y social anual.
c) Comunicación de toda modificación que afecte al reconocimiento.
Lugar de presentación: 
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y las personas físicas que representen a las anteriores, tendrán la obligación de presentar su solicitud por medios electrónicos, en la sede electrónica de la JCCM (www.jccm.es).
Marco legal: 

Real Decreto 427/2020, de 3 de marzo, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento de las lonjas de productos agropecuarios como "Lonjas de referencia", y de sus asociaciones, y se crea el Registro nacional de lonjas de referencia y sus asociaciones.