PROCEDIMIENTO:
030045 AYUDAS A ASOCIACIONES Y ENTIDADES PRIVADAS SIN ANIMO DE LUCRO PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES Y PRESTACIONES DE SERVICIOS EN MATERIA SOCIOSANITARIA
Plazo de resolución:
4 MESES
Efectos silencio:
Desestimatorio
SG52 SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES PRIVADAS SIN ANIMO DE LUCRO PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES Y PRESTACION DE SERVICIOS EN MATERIA SOCIOSANITARIA.
Plazo de presentación de solicitudes:
Del Mié, 01 Jun 2022 al Mié, 22 Jun 2022
Objeto:
Regular el procedimiento de otorgamiento de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a las asociaciones y entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad y prestación de servicios en materia sociosanitaria en Castilla-La Mancha.
Destinatarios:
Asociaciones de pacientes y de personas afectadas por patologías crónicas y entidades privadas con naturaleza jurídica propia, sin ánimo de lucro y válidamente constituidas y que entre los fines de sus estatutos estén recogidos alguno de los establecidos en el art. 2.1 de las Bases Reguladoras de referencia que rigen esta convocatoria.
Requisitos:
a) Estar legalmente constituidas e inscritas en los registros oficiales que corresponda. Caracer de ánimo de lucro.b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria Estatal y con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y frente a la Seguridad Social, así como de sus obligaciones por reintegro de subvenciones, de conformidad con lo establecido en los art. 18, 19 y 21 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por RD 887/2006, de 21 de julio.
c) No hallarse, quienes ejerzan la representación legal de las asociaciones o entidades en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
d) No estar incursa en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003 de 17-11-2003.
e) Disponer de estructura, capacidad y solvencia suficientes para garantizar el desarrollo de la actividad subvencionada.
Importe:
El importe total de la subvención podrá alcanzar hasta el total del coste del programa o servicio, con un límite máximo por entidad beneficiaria de 50.000 euros. En ningún caso la entidad podrá solicitar una subvención mayor al límite máximo establecido.
Criterios:
Los contenidos en el art. 7 de la Orden 78/2022 de 25 de abril, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a asociaciones y entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrrollo de actividades y prestación de servicios en materia sociosanitaria.Se reserva un 30% del total del crédito para solicitudes desarroladas en zonas escasamente pobladas o en riesgo. El % de actividad desarrollada deberá ser mayor o igual al 70%.
Documentación a aportar:
- Formulario de solicitud según modelo habilitado al efecto en la sede electrónica de la Admimistración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que incluye la declaración responsable de acreditación de los requisitos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Orden 61/2020, de 22 abril, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a asociaciones y entidades privadas sin ánimo de lucro de Castilla-La Mancha para el desarrollo de actividades y la prestación de servicios en materia sociosanitaria, modificada por la Orden 91/2021, de 16 de junio de la Consejería de Sanidad.- Memoria del proyecto de la actuación a valorar.
Lugar de presentación:
Se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, y se dirigirán a la Dirección General de Humanización y Atención Sociosanitaria.
Información Adicional:
Aclaraciones en: Correo electrónico: subv_sociosanitaria@jccm.es
Marco legal:
DOCM: 12/05/21 Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha.
DOCM: 30/05/22 Resolución de 20/05/2022, de la Dirección General de Humanización y Atención Sociosanitaria, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones a asociaciones y entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de actividades y la prestación de servicios en materia sociosanitaria para el año 2022. Extracto BDNS (Identif.): 628912.
DOCM: 13/02/08 DECRETO 21/2008, DE 05/02/2008, DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DESARROLLO DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA EN MATERIA DE SUBVENCIONES, APROBADO POR DECRETO LEGISLATIVO 1/2002, DE 19 DE NOVIEMBRE .
DOCM: 25/06/21 Orden 91/2021, de 16 de junio, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifica la Orden 61/2020, de 22 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a asociaciones y entidades privadas sin ánimo de lucro de Castilla-La Mancha para el desarrollo de actividades y la prestación de servicios en materia sociosanitaria.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003
DOCM: 29/04/22 Orden 78/2022 de 25 de abril, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a asociaciones y entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrrollo de actividades y prestación de servicios en materia sociosanitaria (DOCM Nº 82 de 29 de abril de 2022).
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