PROCEDIMIENTO:
036320 SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA LA REALIZACION DE PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS MUNICIPALES.
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver y notificar los procedimientos de concesión de ayudas será de seis meses.
Efectos silencio:
Desestimatorio
KM1F SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA LA REALIZACION DE PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS MUNICIPALES.
Plazo de presentación de solicitudes:
Del Jue, 09 Mar 2023 al Vie, 28 Abr 2023
Objeto:
Se convocan las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento, implantación y desarrollo, en municipios con población inferior a 50.000 habitantes de los Presupuestos participativos municipales durante el segundo semestre de 2023 como un proceso participativo previo a la elaboración del presupuesto público para el año 2024, que permita a las vecinas y vecinos de estas entidades locales de la región, decidir sobre una parte del presupuesto municipal.
Destinatarios:
Municipios de Castilla-La Mancha con una población inferior a 50.000 habitantes, siempre que cumplan los requisitos de la base tercera de las bases reguladoras
Requisitos:
a) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determina en el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones.
b) Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
c) No encontrarse la persona que desempeñe la representación legal de la entidad local en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
d) No encontrarse incursas en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
e) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionada, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
f) No haber sido sancionada por resolución administrativa firme o condenada por sentencia judicial firme por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, salvo cuando acrediten haber cumplido con la sanción o la pena impuesta y hayan elaborado un plan de igualdad o adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres. El órgano competente en materia de igualdad deberá dar su conformidad a dichas medidas.
g) Municipios con población inferior a 50.000 habitantes.
h) Destinar una cuantía mínima para los presupuestos participativos municipales no inferior a 40.000€..
La acreditación de los requisitos para ser beneficiaria de las subvenciones se realizará mediante la declaración responsable que figura en la solicitud.
Criterios:
GENERALES (Haber desarrollado presupuestos participativos en ejercicios anteriores; Población igual o inferior de 20.000 habitantes; población entre 20.001 y 30.000 habitantes; población entre 30.001 y 50.000 habitantes)
CALIDAD DEL PROYECTO (Cantidad asignada en los presupuestos municipales para los presupuestos participativos -% con respecto al presupuesto global-; Medidas para garantizar el impulso y difusión del proyecto entre las vecinas y vecinos de la localidad -portal web, radio, prensa local, cartelería informativa-; personal asignado a la gestión, desarrollo e impulso del proyecto)
Documentación a aportar:
Los Ayuntamientos solicitantes no tendrán obligación de presentar documentación acompañando a la solicitud electrónica de iniciación, incluyéndose en la misma, el formulario del proyecto contemplará la recogida de datos relacionados con los criterios de valoración establecidos en la base novena.
Lugar de presentación:
Las solicitudes irán dirigidas a la persona titular de la Oficina de Transparencia, Buen Gobierno y Participación, y se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica, mediante el envío de los datos a través del formulario disponible en la dirección de la Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es ).
Información Adicional:
La ordenación e instrucción del procedimiento corresponderá al servicio de participación ciudadana de la Oficina de Transparencia, Buen Gobierno y Participación como se recoge en la base decimotercera punto 1 de las bases reguladoras.
Marco legal:
DOCM: 08/03/23 Resolución de 02/03/2023, de la Oficina de Transparencia, Buen Gobierno y Participación, por la que se convoca para el año 2023 la concesión de subvenciones a entidades locales de Castilla-La Mancha para la realización de presupuestos participativos. Extracto BDNS (Identif.): 679347.
DOCM: 28/02/23 Orden 35/2023, de 23 de febrero, de la Vicepresidencia, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales de Castilla-La Mancha para la realización de presupuestos participativos municipales.
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