PROCEDIMIENTO:
035213 SUBVENCIONES PARA LA REALIZACION DE ACCIONES DE FORMACION PROFESIONAL PARA EL EMPLEO, DIRIGIDAS A PERSONAS TRABAJADORAS OCUPADAS (MODALIDAD I).
Plazo de resolución:
6 MESES.
Efectos silencio:
Desestimatorio
SJ2G SUBVENCIONES PARA LA REALIZACION DE ACCIONES DE FORMACION PROFESIONAL PARA EL EMPLEO, DIRIGIDAS A PERSONAS TRABAJADORAS OCUPADAS (MODALIDAD I).
Plazo de presentación de solicitudes:
Del Mar, 02 Ago 2022 al Jue, 15 Sep 2022
Objeto:
Convocar la concesión de subvenciones, para la realización de acciones de formación destinadas a personas trabajadoras ocupadas (Modalidad I),para la anualidad 2022.
Destinatarios:
Las entidades de formación, públicas o privadas, que cumplan los requisitos de acreditación e inscripción conforme a la normativa vigente, así como los requisitos y condiciones técnicas establecidos en las bases reguladoras de estas subvenciones.
Requisitos:
a) Hallarse al corriente del pago de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.b) No estar incursa en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-la Mancha.
c) No estar incursos en ninguna de las circunstancias que recoge el artículo 13. 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
d) Cumplir con la normativa de Prevención de Riesgos Laborales.
e) Disponer de instalaciones y recursos humanos suficientes que garanticen su solvencia técnica
f) No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha
Importe:
1. La cuantía máxima de la subvención a conceder por cada acción formativa se determinará mediante el producto del número de horas de la misma por el número de alumnos/as y por el importe del módulo económico correspondiente.
Criterios:
Consultar la disposición décima de la resolución de convocatoria
Documentación a aportar:
Documentos escaneados:-Poder bastante en derecho que acredite las facultades de representación del firmante de la solicitud para actuar en nombre de la persona jurídica solicitante.
-Tarjeta de Identificación Fiscal de la Entidad.
-Otros:
Lugar de presentación:
Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es)
Información Adicional:
Serán subvencionables las especialidades formativas del Catálogo de Especialidades Formativas, según clasificación establecida en la convocatoria. La justificación de las subvenciones se realizará mediante la modalidad de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto, en el plazo de 2 meses desde la finalización de la formación. Gastos subvencionables y documentación:artículos 20, 21 y anexo III de la Orden 178/2020
Se considerará gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación.Los costes subvencionables deben responder a gastos reales, efectivamente realizados, pagados y acreditados. El Manual de justificación se encuentra disponible en la página web: http://empleoyformacion.jccm.es/principal/otras-entidades/entidades-de-formacion/gestion-para-la-formacion/
Marco legal:
Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.
Real Decreto 694/2017
Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio;
DOCM: 20/11/20 Orden 178/2020, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, en materia de programación, gestión y evaluación de la formación profesional para el empleo en el ámbito laboral en Castilla-La Mancha y por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones públicas para su realización.
DOCM: 19/11/12 Orden de 15/11/2012, , por la que se regulan los programas de formación en alternancia con el empleo, y se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas a dichos programas.
DOCM: 01/08/22 Resolución de 26/07/2022, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la realización de acciones de formación profesional para el empleo, dirigidas a personas trabajadoras ocupadas (Modalidad I), para la anualidad 2022. Extracto BDNS (Identif): 641621.
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