Ayudas a entidades locales, empresas y entidades sin animo de lucro, para la contratación de mujeres victimas de violencia de genero y de mujeres en situación de especial vulnerabilidad.

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1005631

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Concesión de subvenciones en régimen de concesión directa, destinadas a la contratación de mujeres víctimas de violencia de género y de mujeres en situación de especial vulnerabilidad, mediante la realización de contratos temporales (mínimo 180 días de duración) o contratos indefinidos.

Las Entidades Locales de Castilla-La Mancha, las entidades vinculadas o dependientes de las mismas, las empresas y las entidades sin ánimo de lucro en municipios de menos de 5.000 habitantes. Cuando se trate de mujeres víctimas de violencia de género, no existe ese límite de población.

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.
b) No estar incursa la persona física, los administradores o aquéllos que ostenten la representación legal de las personas jurídicas beneficiarias, en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha o en aquellos regulados en la legislación electoral de aplicación.
c) No encontrarse incursa en ninguna de las otras circunstancias que determina el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
d) No haber sido sancionadas por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en el año anterior a la solicitud.
e) No haber sido objeto de sanción por Ley 4/2018,de 8/10, para una Sociedad Libre de Violencia de Género.

Se trata de un procedimiento de concesión directa, en el que la adjudicación se hace por orden de entrada de las solicitudes, teniendo en cuenta el número de mujeres potencialmente beneficiarias de este programa de inserción laboral,. en el ámbito territorial de cada municipio, con arreglo a los datos aportados por la Consejería de Bienestar Social y la Consejería de Igualdad y Portavoz.

1 MES DESDE LA FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD.

- Contratos temporales: 6.500 euros.
- Contratos indefinidos o transformaciones de contratos temporales en indefinidos: 7.000 euros.

Desestimatorio

- Formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Casilla-La Mancha, adjuntado la siguiente documentación:
- Código de Identificación Fiscal (C.I.F.)
- Acreditación de la representación del firmante, mediante fotocopia de escritura pública, o cualquier otro medio válido en derecho, que deje constancia fidedigna de la misma.
- Otros documentos .

Modelos del trámite

Anexo II. Aportación documentación justificativa.
Anexo IV. Aportación documentación sucesión empresarial.
Anexo I. Solicitud.
Anexo III. Declaración mujer contratada.