Aprobación de deslindes de montes incluidos en Catálogo de Utilidad Pública
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Presencial
A través de los siguientes lugares de presentación.
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Delimitación del monte y declaración con carácter definitivo de su estado posisorio, a reserva de lo que pudiera resultar de un juicio declarativo de propiedad.
Personas propietarias de montes demaniales y sus colindantes.
Documentos acreditativos o situaciones de posesión cualificada que acrediten la titularidad pública del monte objeto del deslinde, y establecerán sus límites con sus cabidas y plano, debiendo concretarse igualmente los gravámenes existentes.
El plazo será de 2 años en caso de que la ejecución del deslinde corresponda al Órgano Gestor.
1 AÑO
Desestimatorio
La comunicación irá acompañada de:
- Documento válido en derecho que acredite las facultades de representación del solicitante, en su caso.
- Copia de la escritura pública de constitución y/o estatutos debidamente legalizados, inscritos en el registro correspondiente.
Si la persona solicitante es propietaria del monte sobre el que solicita deslinde, además:
- Copia de la escritura de propiedad, o nota simple / certificado del Registro de la Propiedad y certificado catastral donde se acrediten recintos, parcelas y polígonos afectados.
- Acreditación del Acuerdo del Pleno, si la persona propietaria es una Entidad Local, donde se resuelva realizar la presente solicitud.
Este procedimiento conlleva el pago de una tasa (tarifa 4).Para más información Pinche aquí
Para darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFIC@ (cuya url es: https://notifica.jccm.es/notifica)
- Ley 3/2008, de 12/06/2008, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE MONTES Y GESTION FORESTAL SOSTENIBLE DE CASTILLA-LA MANCHA
- Ley 7/2013, de 21 de noviembre, de adecuación de procedimientos administrativos y reguladora del régimen general de la declaración responsable y comunicación previa.
- Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes.
Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite (alertas, notificaciones, comunicaciones)… Accede al Servicio de Alertas Informativas