Registro regional de empresas exentas de auditorias de su sistema de prevención

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1000728

En plazo

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Online

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Presencial

Presencial

A través de los siguientes lugares de presentación.

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Inscripción en el Registro Regional de aquellas empresas de hasta 50 trabajadores cuyas actividades no estén incluidas en el anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención que desarrollen las actividades preventivas con recursos propios y en las que la eficacia del sistema preventivo resulte evidente sin necesidad de recurrir a una auditoría por el limitado número de trabajadores y la escasa complejidad de las actividades preventivas.

Empresas de hasta 50 trabajadores cuyas actividades no estén incluidas en el anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención que desarrollen las actividades preventivas con recursos propios y en las que la eficacia del sistema preventivo resulte evidente sin necesidad de recurrir a una auditoría externa.
Se considerará que han cumplido la obligación de la auditoría cuando cumplimenten y remitan a la autoridad laboral una notificación sobre la concurrencia de las condiciones que no hacen necesario recurrir a la misma.

- Contar con una plantilla de hasta 50 trabajadores.
- Las actividades realizadas por la empresa no han de estar referidas en el anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención.
- Llevar a cabo las actividades preventivas mediante recursos propios.

Procederá la inscripción en el Registro Regional cuando a la vista de la documentación aportada y resto de información en posesión de la autoridad laboral, la eficacia del sistema preventivo resulte evidente sin la necesidad de recurrir a una auditoría por al escasa complejidad de las actividades preventivas.

Estimatorio

Formulario de notificación que se adjunta a este procedimiento

VICECONSEJERÍA DE EMPLEO, DIÁLOGO SOCIAL Y SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
Dirección postal: Avenida de Irlanda, 14 - 45071 Toledo
Teléfono: 925 267 911
Correo electrónico: viceconsejeria.economiaempresasempleo@jccm.es

Modelos del trámite

Notificación_exención_Auditorias_