Ayudas al alquiler de vivienda en Castilla -La Mancha, en el marco del Plan Estatal de Vivienda 2022-2025..
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Presencial
A través de los siguientes lugares de presentación.
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Convocar, en régimen de concurrencia simplificada y tramitación anticipada, ayudas al alquiler, en el marco del Plan Estatal para el acceso a la Vivienda 2022-2025, con cargo a los siguientes programas:
a) Programa de ayuda al alquiler de vivienda, habitación o de cesión de uso
b) Programa específico de ayuda a las personas vulnerables
c) Programa específico de ayuda al alquiler a los jóvenes en un municipio o núcleo de población de pequeño tamaño
Personas físicas titulares de un contrato de alquiler o cesión de uso de una vivienda o habitación con escasos medios económicos. Específicamente se contempla un programa destinado en situación de vulnerabilidad sobrevenida y otro específico para jóvenes de 35 años o menos, que sean o puedan ser titulares de un contrato de alquiler o cesión de uso de una vivienda o habitación en municipios de menos de 10.000 habitantes.
- Titular de contrato de arrendamiento o cesión
- Renta no superior a 600€ (300 habitación e incluso 900)
- Nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la UE
- No estar incursas en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003 (excepción vulnerables)
- No tener revocada ayudas del Real Decreto 42/2022, o del anterior plan estatal de vivienda
- No encontrarse en incompatibilidad de la Ley 11/2003
- La vivienda estará ubicada en CLM y constituirá residencia habitual y permanente durante la ayuda.
- No ser beneficiaria de las ayudas incompatibles
- No ser propietaria o usufructuaria de vivienda (salvo excepciones), ni tener parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con el arrendador o cedente, ni ser socia o partícipe de la arrendadora
- Las rentas de las personas del domicilio no podrán superar en general 3 IPREM (otros casos 4 o 5)
La concesión de las subvenciones se sujetará al régimen simplificado de concurrencia hasta el agotamiento del crédito.
El criterio a seguir para dirimir la prelación temporal de las solicitudes, a efectos de priorización de su concesión, será la fecha, hora y el número de asiento registral de presentación en el Registro Único de Documentos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, siempre que la solicitud y documentación a aportar estén completas.
3 meses contados desde su presentación, transcurrido el cual sin que se hubiese notificado resolución expresa, las personas interesadas estarán legitimadas para entender desestimada la solicitud.
Desestimatorio
A la solicitud deberá adjuntarse la documentación e informaciones preceptivas y necesarias recogidas en el apartado segundo del resuelvo décimo del borrador de resolución de convocatoria, para los tres programas de ayudas.
vivienda.castillalamancha.es
Teléfono de la Dirección General de Vivienda: 925286872
Correo electrónico: dgvivienda.fomento@jccm.es
- Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
- Orden 170/2022, de 7 de septiembre, de la Consejería de Fomento, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas al alquiler, a la adquisición de viviendas en municipios de pequeño tamaño y a la mejora de su accesibilidad, en el marco del Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025.
- Orden 161/2023, de 31 de agosto, de la Consejería de Fomento, por la que se modifica la Orden 170/2022, de 7 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas al alquiler, a la adquisición de viviendas en municipios de pequeño tamaño y a la mejora de su accesibilidad, en el marco del Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025.
- Resolución de 23/11/2023, de la Dirección General de Vivienda, por la que se convocan, de forma anticipada para el año 2024 y 2025, ayudas al alquiler de vivienda en Castilla-La Mancha, en el marco del Plan Estatal de Vivienda 2022-2025. Extracto BDNS (Identif.): 729334.
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