Pruebas libres para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Consejería de Educación, Cultura y Deportes
Código de procedimiento: 1006956

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

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A través de los siguientes lugares de presentación.

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Convocatoria de pruebas libres para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para personas mayores de dieciocho años.

Personas mayores de 18 años.

Tener al menos dieciocho años cumplidos el día de celebración de las pruebas.

No poseer el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos académicos.

No estar cursando las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria.

No estar cursando los ámbitos o materias, para cuyas pruebas se inscriba, en las enseñanzas de Educación Secundaria para personas adultas en cualquiera de sus modalidades, ya sea en régimen ordinario, presencial o a distancia.

Tener al menos dieciocho años cumplidos el día de celebración de las pruebas.

No poseer el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos académicos.

No estar cursando las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria.

No estar cursando los ámbitos o materias, para cuyas pruebas se inscriba, en las enseñanzas de Educación Secundaria para personas adultas en cualquiera de sus modalidades, ya sea en régimen ordinario, presencial o a distancia.

La Resolución de 27/12/2019, de la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego, por la que se da publicidad a la relación de las tasas vigentes a partir del 1 de enero de 2020 en la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, establece la cantidad de 10,44 € para cada una de las convocatorias.

Exenciones y bonificaciones de la tasa:

1. Están exentos del pago de esta tasa:

a) Los miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría especial.

b) Los sujetos pasivos que estén en situación de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.

c) Las personas pertenecientes a familias perceptoras del ingreso mínimo de solidaridad.

2. A las personas miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría general, les es aplicable una bonificación del 50 por 100 (tasa de 5,22 € para cada una de las convocatorias).


Desestimatorio

a) DNI, NIE o tarjeta de residencia en vigor, en su caso.

b) Libro de escolaridad, historial académico o certificación de calificaciones.

c) Certificación de calificaciones obtenidas en convocatorias anteriores de pruebas libres para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para mayores de dieciocho años.

En el caso de que el aspirante se presente a la prueba completa y no solicite exención, únicamente deberá aportar la documentación recogida en el apartado a).

No obstante, no será obligatoria la aportación por los aspirantes de los documentos señalados anteriormente, ya que la información que acreditan se comprobará de oficio por la Administración, salvo que los interesados se opongan expresamente a dicha comprobación marcando la casilla correspondiente de la solicitud.

En relación con la documentación de carácter académico, si los estudios se hubieran realizado hasta el curso 2006-2007 o en otra Comunidad Autónoma, será necesaria su aportación por parte de los aspirantes junto con la solicitud de participación en las pruebas, en el caso de que el órgano gestor no pueda recabar los documentos electrónicamente a través de sus redes corporativas u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto.


d) Resguardo acreditativo del pago de la tasa, en caso de tramitación presencial.

e) Título de familia numerosa en vigor, en caso de no autorizar comprobación.

f) Informe técnico sobre discapacidad padecida, en caso de no autorizar comprobación.

Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

Teléfonos de contacto:

967558396 (Asesoría Delegación Provincial de Albacete)

926279064 (Asesoría Delegación Provincial de Ciudad Real)

969176392 (Asesoría Delegación Provincial de Cuenca)

949888757 (Asesoría Delegación Provincial de Guadalajara)

925248512 (Asesoría Delegación Provincial de Toledo)

Modelos del trámite

Anexo I-Solicitud
Anexo IV-Relación de centros
Anexo V Cronograma