Inscripción de técnicos que proporcionan servicios de certificación de eficiencia energética de edificios

Consejería de Desarrollo Sostenible
Código de procedimiento: 1002559

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Efectuar la inscripción en la sección segunda del Registro Autonómico de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios (artículo 6, Orden de 20 de mayo de 2014 de la Consejería de Fomento, por la que se regula el Registro Autonómico de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Castilla-La Mancha y el procedimiento de inscripción en el mismo).

Los técnicos competentes que ofrezcan servicios de certificación de eficiencia energética de edificios en Castilla-La Mancha.

Los técnicos deben estar acreditados e inscritos en el Registro Administrativo Centralizado de Técnicos Competentes en materia de certificación de eficiencia energética de edificios. Para acreditarse como técnico competente para la certificación de eficiencia energética, tanto de proyecto y de obra terminada, como de edificio existente, el interesado en ejercer la actividad, con carácter previo a su inicio, deberá presentar una declaración responsable ante el órgano competente en materia de certificación energética de edificios de la comunidad autónoma en la que tengan su domicilio fiscal (https://www.miteco.gob.es/es/energia/eficiencia/certificacion-energetica/tecnico-competente.html)

Los requisitos establecidos para el ejercicio de la actividad profesional de técnico competente para la certificación de la eficiencia energética de los edificios en el artículo 4 bis del Real Decreto 390/2021, de 1 de junio.

Quedarán incorporados automáticamente al Registro las empresas que lo soliciten, sin perjuicio de que, en cualquier momento, la Administración pueda requerir la acreditación del cumplimiento de los requisitos declarados.

Estimatorio

-Solicitud normalizada.

-Acreditación de la capacidad de representación del firmante de la solicitud (Anexo VI de la Orden de 20/05/2014, de la Consejería de Fomento, por la que se regula el Registro Autonómico de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Castilla-La Mancha y el procedimiento de inscripción en el mismo).

La inscripción en la Sección Segunda del Registro Autonómico de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Castilla-La Mancha "Técnicos competentes y empresas que ofrecen los servicios de certificación de eficiencia energética de edificios" no es obligatoria, ya que su finalidad es poder proporcionar al público información sobre quienes ofrecen servicios de certificación, y NO HABILITA A LOS TECNICOS PARA LA EMISIÓN DE CERTIFICADOS DE EFICIENCIA ENERGETICA. Al trámite de ACREDITACION se puede acceder a través del siguiente enlace pinche aqui

Sin perjuicio de lo anterior, cuando soliciten su incorporación al mismo estarán obligados a la actualización de los datos facilitados y, en caso de cesar en la prestación de dichos servicios, a solicitar la cancelación de su inscripción. En cualquier caso, con el fin de mantener actualizada la información del Registro, transcurridos cinco años desde la última actualización de datos registrada o, en su defecto, desde la fecha de su incorporación, se procederá a la cancelación de su inscripción, sin perjuicio de que pueda solicitarse posteriormente su incorporación al mismo de nuevo.

Dada la finalidad de la incorporación de los técnicos competentes al Registro, por el hecho de formular la solicitud, éstos autorizan la publicación de los datos personales que se hagan constar en el mismo.

Modelos del trámite

Anexo VI. Modelo representación