Servicio de teleasistencia
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Prestación pública que tiene por finalidad facilitar la permanencia en el entorno habitual de las personas que se hallen en situación de vulnerabilidad, ya sea por dependencia, edad, discapacidad o aislamiento social, proporcionando una serie de atenciones personalizadas que puedan mejorar sus condiciones de seguridad y compañía en la vida cotidiana, prevenir su dependencia y potenciar su autonomía personal, así como detectar, prevenir y en su caso, intervenir en situación de riesgo.
La prestación del servicio de teleasistencia en Castilla la Mancha está garantizada para cualquier persona que cumpla al menos uno de los siguientes requisitos: a) Personas que tengan 70 o más años de edad b) Personas que tengan reconocida situación de dependencia. No obstante, a lo anterior, podrá ser titular del servicio de teleasistencia cualquier persona en situación de vulnerabilidad, ya sea por su situación de discapacidad, deterioro físico y/o psíquico, aislamiento social, soledad, etc
- Estar empadronado y residir en un municipio de Castilla-La Mancha.
- Disponer de línea telefónica fija o móvil en el domicilio.
- Disponer de dos personas de contacto con llave del domicilio, que residan a una distancia cercana.
Cumplimiento de requisitos
3 MESES
Desestimatorio
En el caso de no aceptar la consulta de datos prevista en la solicitud, deberá aportar:
- Fotocopia de documento acreditativo de identidad (DNI, NIE).
- Certificado de empadronamiento.
Puede dirigir sus dudas a: teleasistencia@jccm.es
Información sobre la calidad del servicio PINCHAR AQUÍ
- Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha.
- Orden de 20/02/2007, Consejería de Bienestar Social, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 22-01-2003, POR LA QUE SE REGULAN Y ACTUALIZAN LAS PRESCRIPCIONES TECNICAS Y EL BAREMO DE ACCESO DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO Y TELEASISTENCIA
- Orden de 19/01/2004, Consejería de Bienestar Social, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 22-01-2003, POR LA QUE SE REGULAN Y ACTUALIZAN LAS PRESCRIPCIONES TECNICAS Y EL BAREMO DE ACCESO DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO Y TELEASISTENCIA
- Orden de 22/01/2003, Consejería de Bienestar Social, POR LA QUE SE REGULAN Y ACTUALIZAN LAS PRESCRIPCIONES TECNICAS Y EL BAREMO DE ACCESO DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO Y TELEASISTENCIA
- Resolución de 27/12/2019, de la Viceconsejería de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia, por la que se aprueba la Carta de Servicios de Teleasistencia.
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