Homologación de métodos de captura de especies cinegéticas depredadoras, perros y gatos domésticos asilvestrados

Consejería de Desarrollo Sostenible
Código de procedimiento: 1003119

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

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A través de los siguientes lugares de presentación.

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Homologar un determinado método de captura de las especies cinegéticas depredadoras, así como de los perros y gatos domésticos asilvestrados, dentro del ámbito territorial de Castilla-La Mancha.

Personas o entidades interesadas en homologar un método de captura de depredadores.

Cumplir con los parámetros a los que hace referencia el artículo 4 de la Orden de 18/06/2013, y contenidos en el protocolo establecido establecido en el anejo II, así como capturar un mínimo de 20 ejemplares de la especie objeto.

Desestimatorio

- Documento válido en derecho que acredite las facultades de representación, en su caso.
- Documento 1: Descripción y denominación comercial del método, incluyendo los planos de alzada, planta y perfil de la trampa.
- Documento 2: Datos del fabricante.
- Documento 3: Prescripciones técnicas para su correcta utilización y condiciones de uso.
- Muestra completa y correctamente identificada de la trampa de retención del método a evaluar.

Este procedimiento conlleva el pago de una tasa (tarifa 9).Para más información Pinche aquí

Para cualquier consulta adicional puede ponerse en contacto con la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, a través del teléfono 925248829.

Modelos del trámite

Solicitud