Acreditación de Servicios de Atención Domiciliaria: Ayuda a Domicilio y Teleasistencia
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Establecer los requisitos y el procedimiento para la acreditación de los servicios privados de atención domiciliaria : en concreto el servicio de ayuda a domicilio y el de teleasistencia, a prestar en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castila- La Mancha.
Toda persona física o jurídica, pública o privada, con o sin ánimo de lucro, que preste actividades con carácter permanente dentro del ámbito de los servicios sociales en Castilla-La Mancha
- La persona que ejerza la Dirección o Gerencia del servicio deberá contar con experiencia especifica en el sector de tres años debidamente acreditada o tener titulación universitaria y haber realizado formación complementaria en las materias relacionadas con el servicio o con la atención a la dependencia.
- Si el servicio lo presta una persona trabajadora autónoma, deberá de contar necesariamente con la titulación o certificado de profesionalidad exigido para el servicio de que se trate.
- La entidad prestadora o gestora del servicio deberá desarrollar un plan anual de formación para sus trabajadores.
- Disponer de una Cartera de Servicios, que recoja las prestaciones que ofrece.
- Tener una Carta de Servicios, que refleje los compromisos de calidad con las personas usuarias y sus familias, los derechos y deberes de los usuarios y la forma de presentación de quejas y sugerencias.
- Tener un Plan de Calidad del servicio.
- Llevar un libro-registro de las personas usuarias.
Cumplir con los requisitos de acreditación comunes a los servicios de atención domiciliaria y con los requisitos específicos para el servicio de ayuda a domicilio y el servicio de teleasistencia, recogidos en la normativa reguladora de referencia.
6 meses
Estimatorio
- Copia de la escritura de constitución y copia del NIF
- Cartera de Servicios
- Carta de Servicio
- Plan de Calidad del Servicio
- Organigrama y plantilla de personal adscrito al servicio, así como el compromiso de mantener los puestos de trabajo del personal mínimo exigido en función del servicio, durante el periodo de vigencia de la acreditación (
- Si se actúa por medio de representante, acreditación de la representación que ostenta.
- En el caso de solicitar la renovación de la acreditación, la documentación anterior no será necesario presentarla, salvo que se hayan producido modificaciones que afecten a la citada documentación.
- No es necesario presentar la Cartera de Servicios, la Carta de Servicio y el Plan de Calidad del Servicio, si la entidad dispone DE CERTIFICACIÓN VIGENTE DE CUMPLIMIENTO DE LA NORMA UNE 158301 (Servicio de Ayuda a Domicilio) o UNE 158401(Servicio de teleasistencia).
Si la acreditación la solicita una persona auxiliar de ayuda a domicilio autónoma:
- Documentación acreditativa de su cualificación profesional.
- Cartera de Servicios (en los términos de los artículos 6 y 7 de la Orden de 18/06/2013 citada)
- Carta de Servicio (en los términos de los artículos 6 y 8 de la Orden de 18/06/2013 citada)
- Copia del NIF/NIE, en el caso de que el interesado no haya autorizado expresamente a esta Consejería a comprobar los documentos acreditativos de identidad.
Puede dirigir sus dudas a: inspeccion.bs@jccm.es
- Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
- Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha.
- Decreto 45/2022, de 1 de junio, del régimen de autorización administrativa y comunicación, acreditación, registro e inspección de los servicios sociales en Castilla-La Mancha.
- Orden de 18/06/2013, de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, de los requisitos y el procedimiento de acreditación de los servicios de atención domiciliaria en Castilla-La Mancha.
Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite (alertas, notificaciones, comunicaciones)… Accede al Servicio de Alertas Informativas