Validación de informes anuales de emisión de gases de gases de efecto invernadero
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Validación del informe anual de emisiones de gases de efecto invernadero, verificado por organismo de verificación acreditado, conforme al artículo 22 de la Ley 1/2005 de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, o al artículo 7 del Real Decreto 317/2019, de 26 de abril, por el que se define la medida de mitigación equivalente a la participación en el régimen de comercio de derechos de emisión en el periodo 2021-2025
Titulares de instalaciones ubicadas en la Comunidad de Castilla-La Mancha con emisiones de los gases incluidos en el anexo II de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, y cuya actividad se encuentra comprendida en el anexo I de dicha Ley
El informe de emisiones deberá estar verificado por un organismo de verificación independiente acreditado por ENAC, de conformidad con los artículos 24 y 25 de la Ley 1/2005
Tras dar la conformidad al informe verificado, o resueltas las discrepancias con el mismo, se resuelve sobre la validez del dato de emisiones del ejercicio aportado, con el objeto final que aporten los derechos de emisión correspondientes al informe verificado.
No procede.
No_tiene
- Informe de emisiones de gases de efecto invernadero del año precedente (formulario oficial en archivos con formatos Excel y pdf, este último firmado digitalmente por la persona titular de la instalación y por el verificador)
- Informe de verificación (formulario oficial en archivos con formatos Excel y pdf, este último firmado digitalmente por el verificador)
- Información recogida en el Anexo X bis del Reglamento 2018/2066 (formulario oficial en archivos con formatos Excel y pdf, este último firmado digitalmente por la persona titular de la instalación)
- En su caso, documento que acredite por cualquier medio válido en derecho la representación que ostenta la persona representante
Los formularios oficiales se encuentran disponibles en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en el enlace:https://www.miteco.gob.es/es/cambio-climatico/temas/comercio-de-derechos-de-emision.html
Para resolver dudas en relación a este procedimiento, las personas interesadas podrán presentar consultas a través de:
- INDA, seleccionando el módulo "contactar"
- Buzón de correo electrónico gei@jccm.es.
La información correspondiente a la verificación de emisiones del año precedente debe ser aportada antes del 28 de febrero del año corriente para las instalaciones autorizadas. En el caso de las instalaciones en régimen de exclusión la fecha de aportación no puede ser posterior al 31 de Marzo. Esta documentación se presentara a través de INDA.
- Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2018, sobre el seguimiento y la notificación de las emisiones de gases de efecto invernadero en aplicación de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 601/2012 de la Comisión.
- Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2018, relativo a la verificación de los datos y a la acreditación de los verificadores de conformidad con la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.
- Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
- Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad y por la que se modifica la Directiva 96/61/CE del Consejo.
- Directiva 2009/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, por la que se modifica la Directiva 2003/87/CE para perfeccionar y ampliar el régimen comunitario de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
- Real Decreto 317/2019, de 26 de abril, por el que se define la medida de mitigación equivalente a la participación en el régimen de comercio de derechos de emisión en el periodo 2021-2025 y se regulan determinados aspectos relacionados con la exclusión de instalaciones de bajas emisiones del régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
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