Licencia de caza y pesca
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Presencial
A través de los siguientes lugares de presentación.
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Tramitar las correspondientes licencias de caza y/o pesca
Licencia de caza: Personas físicas mayores de 14 años. Licencia de pesca: El menor de edad no emancipado, necesita autorización escrita de quien tenga la patria potestad sobre él.
Licencias de caza:
- Tener cumplidos los 14 años (los/as menores de 18 años y mayores de 14 deben contar con autorización de quien ejerza la patria potestad).
- Seguro de responsabilidad civil, en caso de cazar con armas.
- En caso de nuevo/a cazador/a, estar en posesión del certificado de aptitud para la práctica de la caza o certificados equivalentes.
- No estar inhabilitado/a para la obtención de la licencia de caza por sanción administrativa firme o por resolución judicial firme en aplicación de la legislación penal
Licencias de pesca:
- El menor de edad no emancipado, necesita autorización escrita de quien tenga la patria potestad sobre él.
- No estar inhabilitado/a para la obtención de la licencia de pesca por sanción administrativa firme o por resolución judicial firme en aplicación de la legislación penal.
3 MESES
- Para ver los importes de las licencias de caza, consulte el documento PDF correspondiente en el siguiente enlace: Importes de las licencias de caza.
- Para ver los importes de las licencias de pesca, consulte el documento PDF correspondiente en el siguiente enlace: Importes de las licencias de pesca.
La Ley de Medidas Tributarias y Administrativas de Castilla-La Mancha para el año 2022 incluye una modificación de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias, que consisten en la exención del pago de la Tarifa 1 del artículo 117 y la Tarifa 1 del artículo 121 a los ciudadanos con residencia en Castilla-La Mancha.
Desestimatorio
- En su caso, documento válido en derecho que acredite las facultades de representación.
- En su caso, acreditación de la condición de jubilado/a.
- En caso de no autorizar a la Administración a la consulta de datos: acreditación de ser persona residente en Castilla-La Mancha mediante certificado de empadronamiento.
Para cualquier consulta adicional puede ponerse en contacto con las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Desarrollo
Sostenible, a través de los siguientes teléfonos:
- Albacete: 967558100
- Ciudad Real: 926279500
- Cuenca: 969 17 83 00
- Guadalajara: 949885300
- Toledo: 92523805
También por correo electrónico a cazapesca@jccm.es
- Ley 1/1992, de 07/05/1992, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE PESCA FLUVIAL
- Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha.
- Orden de 16/02/2015, de la Consejería de Agricultura, por la que se modifica la Orden de 01/02/2013, por la que se establece el modelo y los tipos de licencias de caza, pesca fluvial y matrículas de embarcación y aparatos flotantes en Castilla-La Mancha.
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